TRIBUNALES

Asociaciones de mujeres discrepan de la sentencia sobre la píldora poscoital

Asociaciones de mujeres han expresado hoy su desacuerdo con la sentencia del Tribunal Constitucional que avala el derecho de un farmacéutico a no dispensar la "píldora del día después"

En declaraciones, la presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas, Yolanda Besteiro, ha lamentado que el Tribunal Constitucional, que es el garante de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos españoles, aplique las normas y la Constitución con ideología sin atender a la objetividad de los hechos.

Besteiro ha opinado que, en una farmacia, el farmacéutico debe vender todo tipo de medicamentos, entre ellos la "píldora del día después", para permitir el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de todas las personas, hombres y mujeres, de forma que su objeción de conciencia tiene un límite en los derechos de los demás.

Lo que hace falta "de una vez por todas" en España es una ley de objeción de conciencia que tenga en cuenta en el caso de los farmacéuticos y otros profesionales lo que corresponda para garantizar los derechos de los usuarios, ha subrayado.

La presidenta de la Fundación Mujeres, Marisa Soleto, también ha calificado de "controvertida" la sentencia y ha recordado que uno de los votos particulares dice que se han utilizado contenidos ideológicos del derecho a la libertad de conciencia en vez de contenidos materiales de los derechos.

Ha mostrado su respeto por la resolución, aunque ha expresado su desacuerdo con que un farmacéutico, que en el desarrollo de su actividad tiene que aceptar determinadas reglas de suministro básico para las personas, como los medicamentos, pueda negarse a hacerlo en perjuicio de los derechos de terceras personas.

Además, ha indicado que el fallo utiliza un enfoque sobre la "píldora del día después" que no coincide con la postura mayoritaria de las sociedades médicas, al atribuirle al medicamento capacidad abortiva cuando la mayor parte de la comunidad científica lo considera un anticonceptivo.

De esta forma, ha agregado, resulta raro que la sentencia estime que no hay ningún conflicto de conciencia con relevancia constitucional a la hora de dispensar preservativos y sí lo haya en el caso de la "píldora del día después", cuando la calificación médica en ambos es similar.

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