Sanidad establecerá límites en función de la renta o en el caso de enfermos graves o crónicos

Cada trayecto en ambulancia costará al usuario cinco euros

La dotación de una ambulancia traslada a un paciente herido a un centro hospitalario. (Foto: ARCHIVO)
Los ciudadanos que tengan que usar una ambulancia para trasladarse a un centro sanitario deberán pagar cinco euros por trayecto, aunque esta cantidad no será fija dado que se establecerán límites mensuales o semestrales para estos pagos en función de su renta o de si se trata de enfermos graves o crónicos.
Así lo recoge el borrador de la Orden que regula la cartera de servicios del transporte sanitario no urgente, es decir el que se requiere para 'enfermos o accidentados que no se encuentran en una situación de urgencia o emergencia, y que por causas exclusivamente clínicas están incapacitados para desplazarse' por su propios medios a un centro sanitario.

El texto determina que los usuarios de ambulancias tendrán que abonar por trayecto el 10% del mismo, que según Sanidad se fija en 50 euros, con lo que el ciudadano pagará diez euros por viaje (cinco de ida y cinco de vuelta). Se establecen unos límites mensuales para la aportación del usuario en función de su renta.

Así, los asegurados o pensionistas y sus beneficiarios con una renta igual o superior a 100.000 euros pagarán un máximo de 60 euros mensuales; los que perciban entre 18.000 euros o 100.000 tendrán un límite de 20 euros al mes, y quienes ganen menos de 18.000 euros sólo abonarán como mucho 10 euros al mes. Las personas que cuenten con regímenes especiales de la Seguridad Social gestionados por mutualidades de funcionarios también tendrán el límite de los 10 euros.


EXENTOS DE PAGO

No obstante, si los casos citados anteriormente son enfermos que requieran traslados periódicos por un periodo superior a seis meses y con una frecuencia de al menos cuatro traslados semanales (dos de ida y dos de vuelta), pagarán lo mismo que los límites establecidos para un mes pero al semestre. Esto, en principio, incluye a los crónicos, paciente de diálisis y oncológicos, entre otros.

Estarán exentos de pagar el servicio de ambulancia los afectados por el síndrome tóxico, los discapacitados, las personas con rentas de integración social y con pensiones no contributivas además de los parados que no cobren ningún tipo de prestación.

Además, tampoco pagarán quienes necesiten tratamiento debido a un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, dado que su financiación correrá a cargo de la mutua, aseguradora o entidad correspondiente.

Los menores, personas con discapacidad cognitiva, sensorial o visual o cuando su estado de salud así lo requiera podrán llevar acompañante en los trayectos y tampoco tendrá ningún coste.

El usuario de la ambulancia tendrá que hacer el pago a la comunidad autónoma que se haga cargo del traslado.

La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, explicó en los pasillos del Congreso que el borrador del texto que abre la puerta al copago en el transporte sanitario no urgente de pacientes, 'de momento', es un 'borrador técnico' que fue propuesto y elaborado por los técnicos de las comunidades autónomas y del Ministerio.

Al ser preguntada por la posible oposición de las comunidades autonómas, recordó que, 'básicamente, los técnicos son de las comunidades autónomas, que son los que realizaron la propuesta', insistió la responsable de Sanidad. Al mismo tiempo manifestó que el texto tendrá que ser evaluado por la Comisión Delegada de Sanidad y posteriormente por el Consejo Interterritorial el 20 de diciembre.

Te puede interesar