Condenado por violar a una prostituta con la que convivía

El Tribunal Supremo ha condenado a once años y medio de cárcel a un hombre que violó a una prostituta con la que convivía, pese a que el acusado mantuvo en el juicio que la denuncia obedecía a un 'ánimo de venganza por falta de pago de sus servicios'.
La sentencia confirma en todos sus extremos el fallo de la Audiencia de Sevilla y considera que el acusado Fernando A.P. violó reiteradas veces, la noche del 24 de mayo de 2008, a la denunciante S.V.G.H., además de golpearla un año antes e incumplir una orden de alejamiento.

En su recurso ante el Supremo, el abogado del acusado argumentó que 'la agredida sexualmente era una prostituta, que a falta del pago de sus servicios, y por motivos de venganza, maquinó esta denuncia con el objeto de que Fernando A.P. fuese encarcelado'.

El TS recoge que la condición de tal profesional 'fue reconocida ante el tribunal sentenciador por la propia denunciante, pero también se dio por probada una relación de pareja estable con el agresor, de una duración de tres años'.

Además, el tribunal sevillano consideró que el testimonio de la víctima fue 'sincero, creíble y verosímil' y tuvo varias corroboraciones periféricas como el hallazgo de un preservativo con perfil genético del acusado y cabellos de la víctima en la cama y la basura, compatible con su denuncia de que el procesado le tiró del pelo como acto de fuerza.

El acusado fue condenado por un delito continuado de agresión sexual pues utilizando 'una combinación de amedrentamiento psíquico y violencia física', obligó a la mujer a mantener relaciones sexuales y practicarle varias felaciones durante la noche.

A la mañana siguiente, cuando el acusado se quedó dormido y la mujer intentaba huir, la agarró por el pelo, la llevó de nuevo por la fuerza al dormitorio y le obligó a realizarle una felación, según la sentencia.

El Supremo confirma la condena de diez años y medio por agresión sexual, seis meses por lesiones, porque el 9 de agosto de 2007, en el curso de una discusión, golpeó a la mujer en los brazos y las piernas, y otros seis meses por incumplir la orden de alejamiento dictada entonces.

Junto con la condena de cárcel, el Supremo confirma los 5.000 euros de indemnización por el daño moral.

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