La nueva ley de financiación les obliga a publicar sus cuentas, deudas y donaciones que reciben

El Congreso baja un 20% las subvenciones a los partidos

Vista general del Congreso de los Diputados. (Foto: ARCHIVO)
El Pleno del Congreso aprobó ayer, con el único voto en contra de Amaiur y la abstención de Izquierda Plural y Compromís, la ley que obligará a los partidos y sus fundaciones a publicar sus cuentas, sus deudas y las donaciones que reciben. A lo largo del trámite parlamentario, el proyecto de ley que aprobó en diciembre el Gobierno para reducir un 20 % la financiación pública de los partidos políticos derivó en una amplia revisión de la Ley de Financiación de los Partidos Políticos de 2007, reforzando la transparencia.
Primero se amplió el recorte a las subvenciones que reciben las fundaciones vinculadas a las formaciones políticas, como la FAES que preside José María Aznar o la Fundación Ideas del PSOE, y después se aprovechó además para cerrar con amplio acuerdo un conjunto de medidas para reforzar el control de las finanzas de los partidos y sus fundaciones, aplicándoles los mismos principios de la futura ley de Transparencia, que a priori no les afectaría al ser entidades privadas.

Así, una vez que su actividad anual sea fiscalizada por el Tribunal de Cuentas, las formaciones harán públicas sus cuentas en su página web con información sobre su balance económico, su cuenta de resultados y los créditos que tienen firmados con entidades financieros, incluyendo, si es el caso, datos de las operaciones de condonación de deuda.

Se obligará asimismo a los partidos a que, además de enviar cada año al Tribunal de Cuentas un informe global sobre su financiación privada, comuniquen a la institución fiscalizadora cada donación de más de 50.000 euros o de bienes inmuebles que reciban de empresas jurídicas (en los tres meses posteriores a la recepción); a su vez, el Tribunal llevará un registro para comprobar que no se supera el tope anual de 100.000 euros.

Respecto a estas operaciones de condonaciones de deuda, tanto del capital como de los intereses, se acordó también poner un límite anual de 100.000 euros, equiparándolo así al tope fijado para donaciones privadas.


APORTACIONES PRIVADAS

En cuanto a las aportaciones privadas que reciben los partidos, se amplía el catálogo de empresas que tienen prohibido hacer donaciones a los partidos: Ya no sólo serán aquellas que tienen contratos en vigor con la Administración, sino también todas las que compartan órganos de dirección (las participadas mayoritariamente, sus fundaciones y todas las del mismo grupo empresarial). Además, ninguna fundación que recibe subvenciones de la Administración, y ello incluye a las vinculadas a formaciones políticas, podrá hacer donaciones a un partido.

Otra novedad de la reforma permitirá dotar de capacidad sancionadora al Tribunal de Cuentas. En los casos de vulneración del límite anual de donaciones privadas (100.000 euros), se impondrá una multa equivalente al doble de la cantidad excedida. Además, se podrá paralizar la entrega de subvenciones al partido que no presente su contabilidad al Tribunal en tiempo y forma.

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