El alto tribunal admite a trámite el conflicto de competencias presentado por el Gobierno central

El Constitucional suspende el abono de la extra en Euskadi

Idoia Mendia, portavoz del Gobierno vasco. (Foto: E.P.)
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió ayer a trámite el conflicto positivo de competencia presentado por el Gobierno central contra la decisión del Gobierno vasco de abonar la paga extra de Navidad a los funcionarios de Euskadi, por lo que el pago queda suspendido. Al respecto, el Ejecutivo vasco recurrirá la decisión pero no sabe si ésta impedirá el cobro porque la orden de pago está dada.
Según fuentes jurídicas, la admisión a trámite supone de facto la suspensión de la medida adoptada por el Ejecutivo de Euskadi. Además, y con el objetivo de paralizar el pago de la extra a los 69.000 funcionarios vascos, el TC acordó que tenga efecto desde el pasado día 5 de diciembre, la fecha en la que el Ejecutivo recurrió al alto tribunal, ya que el lunes, el Ejecutivo en funciones de Patxi López dio la orden de abonar los 207 millones de euros que suman la paga extra de la función pública vasca.

El Pleno del TC acordó el lunes tratar este asunto con la máxima celeridad, y para ello, incluyó este punto en el orden del día de la reunión que ya tenía convocada para la mañana de ayere. Los magistrados, a propuesta de la Sección Tercera, dictaron una providencia en la que admiten a trámite el 'conflicto positivo de competencia promovido por el Gobierno de la Nación sobre decisión del Gobierno vasco de fecha indeterminada por la que acuerda que los trabajadores del sector público vasco cobren la paga extraordinaria de diciembre de 2012'.


ARTÍCULOS INVOCADOS

En la providencia también se acuerda la suspensión de las 'actuaciones o disposiciones que apliquen este criterio', es decir, la orden de abonar la citada paga. En concreto, se tiene por invocado por parte del Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, lo que implica -conforme al artículo 62.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC)-, la 'suspensión de la vigencia y aplicación de la decisión impugnada desde el día 5 de diciembre de 2012, fecha de interposición del conflicto'.

El TC comunicará esta decisión al 'presidente del País Vasco' y le dará un plazo de 20 días para que aporte 'cuantos documentos y alegaciones considere convenientes'. El alto tribunal ha basado sus decisiones en los artículos 62 y 64.2 de la LOTC y el 161.2 de la Constitución española. El artículo 62 explica que 'cuando el Gobierno considere que una disposición o resolución de una comunidad autónoma que no respeta el orden de competencia establecido en la Constitución, en los estatutos de autonomía o en las leyes orgánicas correspondientes, podrá formalizar directamente ante el TC, en el plazo de dos meses, el conflicto de competencia, o hacer uso del previo requerimiento regulado en el artículo siguiente, todo ello sin perjuicio de que el Gobierno pueda invocar el artículo 161.2 de la Constitución, con los efectos correspondientes'.

La Plataforma en Defensa de los Servicios Públicos y del Estado del Bienestar de Euskadi convocó concentraciones para hoy contra la decisión del TC.

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