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El Gobierno amplía el permiso por paternidad a 8 semanas en 2019

La medida incluye un incremento progresivo del permiso, aumentándose a 12 semanas en 2020 

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en el empleo, en el que finalmente se incluye la ampliación del permiso por paternidad a ocho semanas en 2019, 12 en 2020 y 16 en 2021, equiparándolo así al de maternidad.

Fuentes gubernamentales han precisado que será publicado el próximo martes, por lo que entrará en vigor el miércoles 6 de marzo.

El Gobierno siempre ha expresado su intención de ampliar de manera progresiva el permiso de paternidad, que actualmente es de cinco semanas voluntaria y con dos días (o cuatro si es necesario el desplazamiento). Así lo plasmó en un borrador del decreto ley de 28 páginas que el Ejecutivo elaboró y presentó a los agentes sociales y patronal la semana pasada, un texto que no generó acuerdo entre las partes.

En este texto provisional, el Gobierno establecía como obligatorias las seis semanas inmediatamente posteriores al parto desde este mismo año, un punto que desató críticas entre las asociaciones y ONG de familia, que rechazan que los progenitores deban cogérsela a la vez. Finalmente, fuentes gubernamentales han precisado que la obligatoriedad ascenderá a seis semanas, pero se implantará de manera progresiva: las dos primeras semanas tras el parto serán obligatorias en 2019; cuatro lo serán en 2020; y seis en 2021.

En cualquier caso, el decreto ley ha recibido luz verde y, consecuentemente, el permiso por paternidad para funcionarios y trabajadores del sector privado se elevará gradualmente hasta 2021, cuando tendrán permisos iguales, intransferibles y retribuidos de 16 semanas.

La vicepresidenta del Gobierno y ministra de Igualdad, Carmen Calvo, ha justificado la implantación progresiva del permiso "para dar tiempo suficiente a las empresas". También ha apelado a la "corresponsabilidad" de ambos progenitores, al tiempo que ha defendido la necesidad de que España "deje de ser parte del furgón de cola" en esta materia.

"La maternidad no puede ser un arma en contra del desarrollo laboral de las mujeres. La maternidad es una opción libre de las mujeres y tenemos que hacernos corresponsables todos", ha incidido en la rueda de prensa posterior al Consejo.

El objetivo de llevar esta medida a través del decreto ley es poder hacerla efectiva, ya que se quedó en el aire al tumbarse los presupuestos generales por parte del Congreso de los Diputados. Estaba prevista también en la Ley de Igualdad Laboral que presentó el grupo socialista hace un año en el Congreso, cuya tramitación ha quedado varada ante el adelanto electoral y la consecuente disolución de las Cortes Generales.


Seis semanas obligatorias para el padre tras el parto


El Ejecutivo quiere reformar el Estatuto de los Trabajadores para incluir que "el nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante 16 semanas", de las que "serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto" y se disfrutarán "a jornada completa".

Ambos progenitores tendrán otras 10 semanas cada uno a distribuir hasta el primer año del recién nacido, y éstas podrán repartirse a jornada completa o parcial, y en ningún caso podrán cederse. En cualquier caso, si ambos progenitores deciden disfrutar de los permisos de manera equitativa éstos se ampliarán en una semana cada uno.


Aumento progresivo: 8 semanas en 2019 y 12 en 2020


En 2019, "el otro progenitor/a contará con un periodo de suspensión total de ocho semanas", de las cuales las seis primeras, deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto. También se reducen las semanas que la madre biológica puede ceder al otro progenitor/a hasta cuatro semanas de su periodo de suspensión de disfrute no obligatorio.

A partir de 1 de enero de 2020, en el caso de nacimiento, el otro progenitor/a "contará con un periodo de suspensión total de doce semanas", de las cuales las seis primeras deberán disfrutarse de forma initerrumpida inmediatamente tras el parto. Respecto a la cesión por parte de la madre biológica, podrá ser de "hasta dos semanas de su periodo de suspensión de disfrute no obligatorio".

El Gobierno argumenta la redacción de este decreto alegando que el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral "debe regularse de tal forma que garantice la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares, quedando prohibido cualquier trato discriminatorio directo".

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