El Juzgado tumba el confinamiento de los estudiantes del macrobrote que no hayan dado positivo

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photo_camera Algunos de los estudiantes confinados en un hotel de Mallorca (EFE)
La juez toma esta decisión señalando que el Govern no ha acreditado que estas personas se traten de contactos estrechos con los jóvenes contagiados en el brote detectado

La titular del Juzgado de lo Contencioso número 3 de Palma, Sonia Martín, ha acordado mantener el confinamiento en Mallorca únicamente de los jóvenes peninsulares de viaje en la isla que han dado positivo en covid-19, que son 68 de los 269 cuyo aislamiento había ordenado el Govern.

En relación con el resto, la jueza no ratifica la medida al no haberse acreditado por parte de la Administración que se trate de contactos estrechos con los jóvenes positivos "de acuerdo con un criterio concreto y determinado", ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

Según el auto dictado por la jueza, en el caso de los jóvenes que han dado negativo o bien no se han sometido a la prueba, no se considera proporcionada la medida adoptada por la Administración al limitar un derecho fundamental.

Para oponerse a la restricción del derecho fundamental a la circulación de los que han dado negativo o no se han hecho pruebas, la jueza afirma que "el confinamiento debe producirse no por potencial diagnóstico, sino por haber un diagnóstico cierto, es decir, un PCR positivo, o un diagnóstico muy probable de quien haya sido contacto directo, continuado y sin las debidas protecciones, que aún dando negativo en una prueba PCR pueda considerarse, de acuerdo a criterios médicos, un contacto estrecho y poder desarrollar la enfermedad en los siguientes días".

Según la jueza, la consideración de contacto estrecho que hace el Govern balear en la resolución es "genérica" -por viajar por fin de estudios en Mallorca y teniendo en cuenta los brotes en otras comunidades de jóvenes que habían viajado a Mallorca- y aunque puede ser tenida en cuenta por la administración para hacer cribados o pruebas diagnósticas "no puede fundamentar un confinamiento forzoso por potencial diagnóstico de infección".

"Máxime cuando ni siquiera se ha establecido un criterio cierto acerca de la relación del positivo con el resto", precisa la magistrada.

Aunque el Govern hace alusión a algunas actividades en las que participaron en Mallorca los que han dado positivo en otras comunidades autónomas "no se acredita que hayan participado en esas actividades los jóvenes cuyo confinamiento se pretende ratificar". Según el criterio de la jueza, la medida no supera el juicio de proporcionalidad.

Por otra parte, la jueza requiere al Govern balear que informe al Juzgado cada cinco días de la evolución en la situación de cada una de las personas afectadas por la medida, "a los efectos de revisar su estado y la necesidad, en su caso, de su mantenimiento".

La decisión del Juzgado es una resolución ejecutiva -debe aplicarse- sin perjuicio de que pueda ser recurrida en apelación ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

La resolución aprobada por la Dirección de Salud Pública ordenó "el confinamiento forzoso en régimen de aislamiento, bajo custodia policial", en el hotel Palma Bellver de los más de 200 estudiantes que seguían de viaje de estudios en Mallorca, por considerarlos contactos estrechos de los que habían dado positivo a su regreso a la Península, "por potencial diagnóstico de infección por SARS-CoV-2".

El Juzgado pidió al Govern más información antes de pronunciarse sobre el estado de cada joven y sobre quiénes en concreto han estado en contacto con casos positivos confirmados.

La Fiscalía de Baleares se había opuesto a que el juzgado ratificara la resolución del Govern en la que ordenó el confinamiento de un grupo de más de 200 estudiantes peninsulares de viaje en Mallorca, decisión que según el ministerio público no está plenamente justificado ni es proporcionado de acuerdo con la legislación vigente.

Después de que el Govern remitiera más información al juzgado, la Fiscalía volvió a oponerse a que se mantuviera el confinamiento de los jóvenes que hubieran dado negativo en las pruebas diagnósticas.

Según la Fiscalía, la normativa sanitaria no prevé la posibilidad de establecer con carácter "presuntivo" dicha condición de contacto estrecho. "El contacto estrecho sólo puede ser determinado, a los efectos de restricción de los derechos fundamentales, mediante un nexo que una en lugar y tiempo al paciente diagnosticado y al citado contacto que se reputa `estrecho`", afirma.

Según la Fiscalía balear, no procede ratificar el aislamiento respecto a los jóvenes que han dado negativo en las pruebas diagnósticas, al no constar respecto a cada afectado por el aislamiento "en qué momento y lugar coincidieron con un caso diagnosticado".

"Es posible, e incluso probable, que entre las personas afectadas por la resolución de la Dirección General de Salud se encuentren realmente contactos estrechos, pero dicha condición debe constar acreditada respecto de cada persona afectada por hechos fehacientes y no por presunciones o probabilidades, por sugestivas que éstas puedan ser", afirmó el ministerio fiscal.

Este miércoles, la Conselleria balear de Salud mantiene en cuarentena en Mallorca a 269 jóvenes peninsulares en relación con el macrobrote de los viajes de estudios: 232 de ellos en el hotel puente Palma Bellver, 21 en un hotel de Alcúdia y 16 hospitalizados. Hay 68 que han dado positivo en covid-19.

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