El Supremo reconoce el derecho a cobrar paro por carga familiar de un preso

El Tribunal Supremo ha reconocido hoy el derecho de un preso a recibir el subsidio de desempleo por cargas familiares porque éste tiene a su cargo un menor y no dispone de otros ingresos.
En una sentencia reconoce que el ingreso en prisión suspende el cobro de este subsidio, pero destaca que por encima de esta previsión legal está el mandato a los poderes públicos de asegurar 'la protección social, económica y jurídica de la familia'.

Así, dado que el preso no dispone de otros ingresos para cumplir con la obligación de guardia y custodia sobre su hijo menor, es necesario hacer una excepción en el cobro del mencionado subsidio, señala la resolución del Supremo.

'La interpretación de las normas debe ser acorde a la Constitución' en el sentido de que, entre los posibles sentidos de los textos legales, el tribunal debe elegir, en su interpretación, aquel que sea más acorde con el espíritu del texto fundamental de la legislación española, señala el alto tribunal.

Así, las decisiones judiciales deben adecuarse 'al logro de los valores, bienes y derechos constitucionales y a los principios rectores de la política social y económica', expresa el Supremo en su sentencia.

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