GALICIA

Absuelto el guardia civil que disparó al batería de Piratas

Un momento del juicio celebrado en Pontevedra.
photo_camera Un momento del juicio celebrado en Pontevedra.

Contra la sentencia absolutoria por un delito de homicidio imprudente, cabe apelación

 

 El guardia civil R. de la L.A. ha sido absuelto del delito de homicidio imprudente del que fue acusado por disparar al batería de Los Piratas según reza la sentencia del magistrado juez Miguel Aramburu García-Pintos, del Juzgado de lo Penal nº 2 de Pontevedra, Sentencia que es susceptible de recurso de apelación ente la Audiencia Provincial , en el plazo de 10 días.

 En el fallo judicial, el magistrado concluye "que no existió una provocación por parte del acusado" y que las circunstancias de los hechos indican que la actuación tanto del acusado como de las demás personas presentes durante los acontecimientos en la casa del fallecido (Javier Fernández, batería del grupo Los Piratas), fue correcta y las que demandaban las circunstancias del caso: primero intentando calmar y razonar con la víctima para que les acompañase voluntariamente y depusiese su actitud con el fin de trasladarlo a un centro médico. Pero ante su conducta y la imposibilidad de razonar, decidieron conducirlo contra su voluntad "pero en ningún momento existió una provocación" sino que el comportamiento fue el correcto e incluso lo demandado por el Derecho.

En cuanto a que tanto los médicos como los agentes de la Guarda Civil negasen el auxilio a Javier Fernández y se desentendiesen de él -lo que podría ser constitutivo de un delito de omisión del deber de socorro-,  la sentencia dice que "actuaron correctamente". Y concluye diciendo que  la conducta del acusado "estaba totalmente justificada y no fue contraria a derecho, lo que también exluye la existencia de un delito doloso de lesiones". Así, la inexistencia de responsabilidad penal supone que no debe hacerse ningún pronunciamiento sobre las pretensiones civiles formuladas (acusaciones), y que las costas del juicio serán declaradas de oficio conforme al artigo 240.1 da Ley de enjuiciamiento criminal. Por tanto, concluye, "decido y absuelvo a a R. de la L.A. del delito de homicidio imprudente del que fue acusado, y que se notifique la sentencia a las partes".

Te puede interesar