Restricciones en Galicia

¿Y ahora qué? Consulta las restricciones en Galicia tras las últimas novedades

photo_camera Imagen de una terraza. (AD)
El Ejecutivo gallego ha estado esperando la resolución del alto tribunal "siendo respetuosos con su criterio"

Eran dos los escenarios que la Xunta manejaba después de que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia dejase sin vigor el jueves la obligación del `certificado covid` para acceder al interior de la hostelería y estos eran el regreso de ese documento formal o el retorno de los aforos anteriores a su uso.

El cronómetro se puso en marcha el viernes cuando los servicios jurídicos del gobierno de Alberto Núñez Feijóo solicitaron al órgano judicial el aval preceptivo bajo el amparo del fundamento sanitario, de la supremacía del interés general en lo que a la protección de la salud pública se refiere.

El compás de espera arrancó con fechas, de modo que si los tres magistrados que deliberaron determinaban aceptar la exhibición de esa documentación para cafeterías, bares y restaurantes de ayuntamientos en nivel máximo y alto de restricciones, así como en locales de ocio nocturno de zonas con niveles medio y medio bajo, todo quedaría como estaba en la orden del 22 de julio.

Si, por el contrario, la respuesta de la justicia fuese en la línea de Andalucía, Cantabria y Canarias, donde se desautorizó esa medida, se activaría la entrada en vigor a las 00:00 horas del martes de un plan alternativo con recetas ya conocidas, algo que finalmente sucederá y que supondrá el retorno de las capacidades totales previas a la utilización de esos comprobantes.

El supuesto más desfavorable de este escenario B, recogido en el Diario Oficial, es que, en lugar de trabajar al 30 por ciento en interiores, el sector hostelero debe cerrar ese espacio en los municipios que se encuentren en la peor de las situaciones por sus malos datos epidemiológicos, en la actualidad solamente O Grove (Pontevedra).

En el siguiente escalón, el alto, donde son 54 los núcleos, entre ellos las ciudades de A Coruña, Ferrol, Vigo, Pontevedra y Lugo, se pasará de un aforo en interiores del 50% con `certificado covid` al 30% sin él.

Ocio nocturno

En lo tocante al ocio nocturno, el tope en el interior de los niveles medio (69 localidades) y medio bajo (189) evolucionará igualmente del 50%, con la exigencia en puerta de la comprobación de estar vacunado, de haber pasado la enfermedad o bien de una prueba negativa; al 30 por ciento, el que existía.

El Ejecutivo gallego ha estado esperando la resolución del alto tribunal "siendo respetuosos con su criterio" de que los certificados dejen de ser exigibles para el control de la transmisión en los interiores de la hostelería y del ocio nocturno, en función del nivel del ayuntamiento en cuestión, una vez que fue anulada la obligación implantada sin la autorización vinculante, según alegó el mencionado órgano judicial.

Con todo, en una nota remitida a la prensa, la Xunta, que esperaba el pronunciamiento para el lunes, no tan pronto, justificó, al torcerse las cosas, la necesidad de elaborar una serie de medidas alternativas para seguir tratando de mantener a raya el virus responsable de la crisis sanitaria y que implican necesariamente una revisión de los aforos, previamente ampliados en base al uso del citado pasaporte.

De todas maneras, "buscando no causar un mal mayor ni al sector ni sobre todo a la población que conocía y manejaba unas normas" que definitivamente van a cambiar, se determinó un "tiempo razonable" para la correcta difusión y conocimiento del renovado contexto, en caso de que la Sala de Vacaciones del Tribunal Superior de Justicia de Galicia al final no otorgase luz verde a lo que se venía haciendo hasta ahora.

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, confió en todo momento en que la solución ideada, con revisión del comité clínico asesor en la gestión de la pandemia por si fuesen necesarios ajustes, no tuviese que ser instaurada al entender que la mayoría de países de la Unión Europea recurren a un `certificado covid` que, a su juicio, no puede servir únicamente para moverse en viajes en avión.

La Xunta argumentó que no había requerido el beneplácito del Tribunal Superior al considerar que la bautizada como ley de pandemias autonómica amparaba el empleo del `certificado covid`. No obstante, una vez recibido el correctivo, envió la solicitud, que ha sido rechazada en esta jornada.

La Fiscalía Superior, en el informe preceptivo solicitado por el tribunal y facilitado a los medios de comunicación, había dado su respaldo al `certificado covid` para esos usos al considerar que esa aplicación del mismo no condiciona de forma grave el derecho a la intimidad personal y tampoco vulnera el principio de igualdad. 

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