El Gobierno sostiene que Galicia no puede autorizar instalaciones eléctricas en el mar

El Consejo de Ministros aprobó ayer dos acuerdos por los que se da contestación a los requerimientos de incompetencia formulados por la Xunta y por el Gobierno de Canarias. En ellos, el Gobierno indica a ambas comunidades autónomas que no tienen competencias para autorizar las instalaciones eléctricas ubicadas en el mar.

El Ejecutivo argumenta a la Xunta que la competencia para autorizar estas instalaciones corresponde necesariamente a la Administración General del Estado, en virtud a lo establecido en la Constitución. La Xunta había reclamado porque considera que el Decreto vulnera sus competencias incluidas en el Estatuto.

El Gobierno central considera que Galicia y Canarias no ostentan competencia para autorizar las instalaciones eléctricas ubicadas en el mar, ya que éstas no quedan incluidas en el ámbito territorial que configuran sus respectivos Estatutos de Autonomía. Así, el Consejo de Ministros aprobó dos acuerdos en los que contesta a los requerimientos de incompetencia de la Xunta de Galicia y el Gobierno de Canarias en relación con el Real Decreto 1028/2007, que establece el procedimiento administrativo para la tramitación de solicitudes de autorización de instalaciones de generación eléctrica dentro del mar territorial.

Según la referencia del Consejo, la Xunta argumenta que ese Real Decreto vulnera sus competencias prevista en el Estatuto en materia de ’instalaciones de producción, distribución y transporte de energía eléctrica, cuando este transporte no salga de su territorio y su aprovechamiento no afecte a otra provincia o comunidad autónoma’, sin perjuicio de lo dispuesto la Constitución.

Mercado nacional

El artículo 2 del Real Decreto prevé que ’las instalaciones de generación eólica marinas que se pretenda ubicar en el mar territorial tendrán una potencia instalada mínima superior a 50 MW’ y la Ley del Sector Eléctrico establece que las instalaciones que generen más de 50 MW están obligadas a poner su energía en el mercado nacional.

Por lo tanto, añade la referencia del Consejo de Ministros de ayer, la competencia para su autorización corresponde necesariamente a la Administración General del Estado, en virtud de lo establecido en la Constitución, ya que el aprovechamiento energético de estas instalaciones afecta a otras comunidades y excede el ámbito territorial de Galicia.

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