Una mujer demanda al Sergas tras rehusar 5.000 euros de compensación por una operación ‘no consentida’ que la dejó estéril

Una mujer de Cangas do Morrazo (Pontevedra) de 36 años de edad presentó una demanda en el Juzgado de los Contencioso-Administrativo de Santiago contra el Servizo Galego de Saúde por una operación ‘no consentida’ que la dejó estéril, después de que propusiera la Administración sanitaria una indemnización ‘no inferior’ a 5.000 euros, que rechaza la paciente.
En declaraciones el abogado de la Asociación El Defensor del Paciente, Cipriano Castreje, informó de que el Consello Consultivo ha propuesto la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en la asistencia sanitaria recibida como consecuencia de una salpingectomía --corte de las trompas de Falopio para impedir que el óvulo pase al útero--, que le fue practicada en 2006.

Sin embargo, la afectada, E.M.G.F., de 36 años, rechazó la indemnización propuesta por la operación realizada sin consentimiento porque pide que la curen, ya que le perforaron el útero durante una intervención realizada en el Hospital Provincial de Pontevedra.

La asociación explicó en una nota de prensa que el Consello Consultivo acoge los argumentos del abogado al señalar que, tras el ingreso de la paciente en julio del año 2006, a ésta se le iba a practicar una ligadura tubárica, pero ‘sin el consentimiento’ de la misma, le hicieron una salpingectomía, dejándola estéril de modo irreversible ‘a través de un acto quirúrgico que ella no autorizó’.

El Consello señala que este hecho ‘no debe relativizarse’, ya que ‘no puede inferirse que no se haya causado un daño a la interesada, sino que la realización de una salpinguectomía a la paciente sin su autorización supone un atentado a la esfera de su libertad’. Por ello, consideró que ‘merece algún género de compensación’, sobre todo ‘cuando la realización de la nueva cirugía, supuso para la paciente la pérdida no consentida de un órgano’.

‘Es lógico pensar --continúa el Consello-que si se tuviese realizado la ligadura que la paciente autorizó, sus trompas carecerían de funcionalidad, pero la interesada no se vería abocada a su pérdida y, con ello, a la posibilidad de acudir a una reconversión’, recalcó.

Por esa opción entre un 50 al 80 por ciento de las mujeres que se somete a una recanalización de trompas logra embarazarse, por lo que sostuvo que ‘por muy remota que fuese se vio privada ilegítimamente de ella’. ‘Por ello, existió un inequívoco atentado a la libertad de autodeterminación de la paciente’, reconoció el Consello.

Así, para la Asociación El Defensor del Paciente este dictamen representa ‘un punto de inflexión en cuanto a la importancia del consentimiento informado’ que, como consecuencia, ha dado la privación de un órgano de un paciente.

INDEMNIZACION SIMBOLICA

La paciente manifestó que, si bien la indemnización ‘es simbólica’, subrayó que el daño ‘es mucho mayor que el que señala el Consello’, puesto que denunció que con el histerosocopio le perforaron el útero, lo que le ocasionó una hemorragia interna, de la que no se dieron cuenta hasta 8 horas después de intervenirla.

Debido a ello tuvieron que operarla de nuevo, lo que le ocasionó unas cicatrices antiestéticas, y meses de baja por depresión, circunstancias que, a su juicio, ‘no valoran’.

‘Realmente nos parece vergonzoso que el Consello valore la esterilidad de la paciente en 5.000 euros, es más, resulta una tomadura de pelo’, denunció El Defensor del Paciente.

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