La defensa pidió esta medida para que se enfrente a penas que no superen los seis años de cárcel y pudiese ser expulsado de España

Pedraz rechaza retirar a 'Abdu Willy' la imputación por asociación ilícita al no ser ‘el momento oportuno’

El pirata 'Abdu Willy'. (Foto: Archivo)
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz, que instruye la causa contra los dos presuntos piratas somalíes detenidos por el secuestro del atunero 'Alakrana', rechazó este jueves retirar la acusación por asociación ilícita que pesa contra 'Abdu Willy', como solicitó su abogado, argumentando que ‘los hechos objeto de imputación se fijarán en el momento procesal oportuno’.
Pedraz adoptó esta decisión en respuesta a un escrito presentado por el abogado de 'Abdu Willy', Francisco Javier Díaz Aparicio, quien solicitó al juez que retirara la imputación por este delito para que su cliente se enfrente a penas que no superen los seis años de cárcel y, de esta forma, pueda ser expulsado de España en aplicación de la Ley de Extranjería.

La providencia de Pedraz, que tiene cuatro líneas, detalla que el escrito del letrado se unirá a las actuaciones abiertas en su juzgado y que la imputación de los delitos se fijará ‘en el momento procesal oportuno’, que corresponderá, según explicaron fuentes jurídicas, al momento en el que el juez decida dictar el auto de procesamiento o de transformación en procedimiento abreviado.

El letrado también reclamó al titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 que fije ‘los hechos objeto de la imputación’ y que las diligencias sean tramitadas como procedimiento abreviado, lo que conllevaría una pena inferior a nueve años de cárcel, y no a través de un sumario, previsto para condenas superiores a esta cifra.

INFORME AL JEMAD


Además, Pedraz remitió un oficio al jefe del Estado Mayor de la Defensa (JEMAD), José Julio Rodríguez, en el que pide que ratifique el informado elaborado por este órgano en el que se relataba la detención de los dos presuntos piratas y se detallaba la identidad de los miembros del equipo de asalto de la fragata 'Canarias' que llevaron a cabo la detención.

El magistrado ha realizado esta comunicación al objeto de llamar a declarar como testigos a los infantes de marina que procedieron a la detención de Cabduwelly Cabdullahi, alias 'Abdu Willy', y Raageggesey Hassan Haji, alias 'El Machote'.

Ambos están imputados por 36 delitos de detención ilegal, asociación ilícita y robo con violencia y uso de armas. El juez continúa la instrucción contra ellos y se plantea llamar a declarar a los infantes de marina que procedieron a su detención.

El delito de asociación ilícita está castigado con penas que van desde los seis hasta los doce años de cárcel mientras que el de robo con violencia y uso de armas conlleva la prisión entre tres años y medio y cinco, según consta en el Código Penal.

La detención ilegal, por su parte, está castigada con penas de entre seis y diez años, que podrían ser aplicadas en su grado inferior si el instructor considerara que los imputados actuaron como cómplices y no como autores de estos delitos. A este respecto, el letrado defiende que su cliente sólo habría participado en los secuestros durante dos días, ya que el rapto del 'Alakrana' se produjo el 2 de octubre y él fue apresado el día 4.

LA AUDIENCIA DEFIENDE QUE GARZÓN 'DESCONOCÍA' LA INTENCIÓN DE ENTREGAR LOS PIRATAS A KENIA

Además, Juanes defendió que el juez Baltasar Garzón, que ordenó el traslado a España de los dos presuntos piratas somalíes detenidos el 4 de octubre por el secuestro del atunero 'Alakrana', 'desconocía que existiera intención de traslado de aquellos' a Kenia, por lo que procedió a legalizar su situación cuando fueron detenidos por la fragata 'Canarias'.

Así consta en un comunicado de cinco puntos difundido por la Presidencia del tribunal que destaca que el juez Garzón, que abrió la causa judicial contra los dos somalíes al encontrarse de guardia, 'se realizó en el marco de la más estricta legalidad' y 'en respuesta a una denuncia presentada por la Abogacía del Estado, sin actuar de oficio'.

'El juzgado y el juez de guaerdia desconocían que existiera intención de traslado de aquéllos a un tercer país, procediendo a legalizar la situación de las dos personas privadas de libertad tras el abordaje del esquife por la Armada española, una vez que se conoció la misma, y, ello previa petición del Ministerio Fiscal', señala el escrito.

La Presidencia, que emitió este comunicado 'en relación con las informaciones aparecidas en algunos medios de comunicación respecto de la actuación procesal en el asunto del pesquero español 'Alakrana' del magistrado juez Baltasar Garzón', añade que 'ni el juez de guardia ni el juzgado instaron a organismo alguno para que las personas fueran trasladadas a España, sino que cumplió con la ley al ordenar su traslado para legalizar la situación de las mismas, una vez les constó su detención'.

RESPONSABILIDAD DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO

También defiende la actuación de Garzón al señalar que 'ningún juez de la Audiencia Nacional ha reclamado para sí la competencia del caso, ni exigió que se presentara denuncia alguna'. 'Una vez presentada la denuncia por la Abogacía del Estado, se resolvió sobre la competencia previo informe del Ministerio Fiscal', apunta Juanes.

Como último punto, el escrito señala que 'el juez en funciones de guardia tramitó la causa por los cauces de la legalidad y normalidad procesal requeridos ateniendo las circunstancias y, en concreto, la situación en la que se hallaban las personas secuestradas'.

Los dos presuntos piratas, Cabduwelly Cabdullahi, alias 'Abdu Willy', y Raageggesey Hassan Haji, alias 'El Machote', están imputados por 36 delitos de detención ilegal, asociación ilícita y robo con violencia y uso de armas. El juez continúa la instrucción contra ellos y se plantea llamar a declarar a los infantes de marina que procedieron a su detención.

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