EN VERANO

¿Se acabaron los alquileres turísticos de Baiona y Nigrán?

La Xunta aprobará este verano el decreto que regulará los apartamentos y viviendas de uso turístico en alquiler.
photo_camera La Xunta aprobará este verano el decreto que regulará los apartamentos y viviendas de uso turístico en alquiler.

La Xunta regulará la actividad turística mediante obligaciones que partirán de requisitos para alquilar pisos en la costa viguesa. No se podrán alquilar por habitaciones y tendrán que dar de alta la vivienda.

El Decreto que tramita la Xunta para regular  los alquileres turísticos de temporada permitirá  normalizar una actividad realizada durante muchos años  al amparo de la denominada economía sumergida. Su regulación obligará a estos particulares a cumplir ciertos requisitos y garantizará  la prestación una serie de servicios de manera obligatoria, con lo que hay menos riesgo de que  la  marca turística Baiona se vea dañada. "Si la regulación se hace con el propósito de conseguir más calidad, bienvenida sea" afirmó el presidente de Asociación de Comerciantes y Empresarios de Baiona, Marcos Comesaña. "Porque a veces se han alquilado casas que daba pena y esto es negativo para nuestra imagen de marca", afirmó.

El director de Competitividade de Turismo de Galicia, José Luis Maestro, el alcalde de Baiona, Ángel Rodal, y la concejala de Turismo,  se reunirán el jueves, 12 de mayo, a las cinco, en el auditorio de la Casa Museo de la Navegación con vecinos y hosteleros del municipio, para informarlos sobre el borrador del decreto en el que trabaja la Xunta para regular las viviendas de uso turístico en este municipio. En los últimos años comenzó a proliferar, tanto a nivel internacional como nacional, la tendencia de alquilar por días o semanas la vivienda habitual para fines turísticos que se vio favorecido por el desarrollo de las nuevas tecnologías, dando lugar a la creación de
Empresas, que a través de sus páginas web ofertan este tipo de alojamientos para su contratación on line de una manera rápida y sencilla.

Las problemáticas más relevantes vinculadas a esta actividad son de diversa índole, impacto económico-social, fiscalidad y tributación, garantía y seguridad de las personas usuarias, calidad de la oferta y satisfacción de las personas usuarias, molestias causadas a los residentes y la ciudadanía, intrusismo y competencia desleal, entre otras.

 En el caso miñorano no se atrevió a ponerle un número ya que no hay registro de pisos dedicados a esta actividad pero existen "unos 4.000 pisos vacíos" utilizadas como segunda vivienda y muchos de ellos se  habilitan también como pisos turísticos a lo largo del año.

Argumentó que esta fue la cifra que se computó hace doce años  cuando en  tiempos del exalcalde Manuel Vilar, "se hizo un estudio para ofrecer estos pisos en alquiler a estudiantes de la Universidad de Vigo de septiembre a junio y se pensó en utilizarlas turísticamente en verano. 

La iniciativa universitaria no cuajó pero se contabilizaron por aquel entonces unos 4.000 pisos vacios. Según explicó, muchos de ellos fueron adquiridos  por personas que trabajaron muy duro toda la vida en las plataformas petrolíferas del Pacífico o en los barcos del atún, en África y que al volver  invirtieron sus ahorros en una vivienda para poder alquilarla y obtener una ayuda para pagarse la pensión", indicó. 

No podrán alquilar por cuartos y deben ser viviendas accesibles  El nuevo decreto, que no se aprobará antes del verano  sumará a la categoría de apartamentos turísticos viviendas turísticas y viviendas de uso turístico y entrará en vigor seis meses después de su aprobación.

Actualmente hay cinco decretos de este tipo vigentes en España, que se aplican en las comunidades de Madrid, Aragón, Canarias, Andalucía y  Cataluña. 

Bajo la tipología de viviendas de uso turístico quedarán adscritas aquellas que se alquilan por un período inferior a un mes y al menos en dos ocasiones al año. Esta nueva categoría se suma a la de los apartamentos turísticos y a las viviendas turísticas. 

Además de una preceptiva inscripción en un registro público, el propietario de una vivienda que desee explotarla como  vivienda de uso turístico debe cumplir una serie de requisitos. No podrá alquilarse por habitaciones, adecuarse a las normas de accesibilidad, disponer de hojas de reclamaciones, teléfono de contacto para incidencias  y abonar una tasa por declaración responsable.  Además, el propietario deberá remitir una declaración previa al inicio de la actividad. Una vez se registren, la Xunta tendrá capacidad para realizar una comprobación inicia. 

El propietario podrá delimitar el régimen interno de aforo y no estará obligado a instalar calefacción  si la vivienda se alquila solo entre junio y septiembre. 

La entrada en vigor del decreto supondrá duras sanciones para los infractores que ofrezcan viviendas de uso turístico sin haber sido previamente dadas de alta.

El borrador no contempla un número máximo de estas viviendas, pero sí indica que los Concellos tendrán competencia de ordenación.

Te puede interesar