Los servicios mínimos del día 8 serán similares a los de festivos

El Gobierno gallego aprobó el decreto en el que regula los servicios mínimos que se deben prestar en la huelga convocada para todos los sectores de la administración pública estatal, autonómica y local el próximo día 8. Según estos criterios, el personal no excederá al que debe trabajar los días festivos o domingos -en los casos de, por ejemplo, la atención sanitaria-; mientras que en los órganos que suelen estar cerrados en esas jornadas los turnos serán como los que se establecen los sábados.
El Consello dio luz verde al documento, que entrará en vigor el día de su publicación en el DOG y que regula los servicios básicos que se deben cubrir en esta huelga, que afecta a todos los trabajadores, funcionarios, docentes y personal laboral de las administraciones públicas, organismos dependientes o vinculados o entidades públicas estatales, locales o autonómicas.

La protesta está convocada desde las 00,00 hasta las 24,00 horas del martes por los sindicatos CGT, CIG, USO, UGT, CC.OO. y CSI-CSIF. El Gobierno gallego manifestó que, ante esta convocatoria y 'la necesaria conciliación entre el ejercicio del derecho de huelga y el mantenimiento de servicios esenciales', la administración estableció los mínimos 'indispensables para el funcionamiento' de los servicios.

Así fija los servicios mínimos sobre los sectores y actividades competencia de la Xunta que pueden afectar al desarrollo de la actividad ciudadana, como la sanidad, la seguridad, protección civil, transportes, medios de comunicación, registros públicos, edificios, bienes e instalaciones públicas, asistencia social y educación, servicios de vigilanciay extinción de incendios y bomberos.

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