El Supremo reduce la pena a dos grapos que ocultaban armas

El Tribunal Supremo redujo en siete años el tiempo de prisión a los que fueron inicialmente condenados los miembros de los Grapo gallegos Xurxo García Vidal e Israel Clemente al estimar que guardar en el domicilio o en un zulo elementos como azufre, relojes, pilas, bombillas o portalámparas halógenas no puede constituir delito de tenencia de explosivos.
La sentencia, dada a conocer ayer, reduce de 12 a 5 años de prisión la pena impuesta en su día por la Audiencia Nacional a Israel Clemente y de 10 a 3 años la de Xurxo García Vidal, condenados por ocultar armas y explosivos en sus domicilios.

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