El TSXG invalida los conciertos con cinco colegios que segregan por sexo

Una sentencia de la sección primera de la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia aceptó el recurso del sindicato STEG contra los convenios firmados por la Xunta en 2009 con cinco colegios que segregan por sexo a los alumnos. De esta forma, la sentencia, con fecha del 13 de marzo, declara la invalidez de la orden del 26 de agosto de 2009 por la que se aprobaron conciertos educativos con cinco centros privados, tres de Vigo y otros dos de A Coruña, que separan a los niños y las niñas.
El sindicato informó que, nada más ganar las elecciones en marzo de 2009, el nuevo Gobierno del PP volvió a subvencionar a los colegios que segregan por sexo, 'contrarios' a los 'principios de coeducación'. La anterior administración, el gobierno de coalición, y después de movilizaciones y denuncias, subraya la STEG, había retirado las subvenciones a los colegios que separaban a niños y niñas.

A juicio del STEG, tanto el decreto de admisión del alumnado como la propia LOE impiden discriminar al alumnado por razón de sexo, 'como hacen estos colegios privados próximos al Opus Dei'. Por ello, la asesoría jurídica del STEG presentó un recurso contra esta decisión 'política de la Consellería de Educación, que ha ganado'.

El fallo judicial argumenta como jurisprudencia recientes sentencias del Supremo, que el pasado enero emitió seis sentencias en las que avala la decisión de la Junta de Andalucía de no subvencionar a los colegios que segregan por sexo y anuló anteriores resoluciones del Tribunal Superior de Andalucía que les reconoció el derecho.

El TSXG considera que esta sentencia supera la doctrina de sus anteriores fallos de 2011 y 2012 sobre esta cuestión, que habían desestimado demandas similares.

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