Los propietarios de las viviendas y locales del inmueble disponen de seis meses para abandonarlo

Una sentencia obliga al derribo de seis áticos del edificio Rogelia y al desalojo de 50 vecinos

Carlos Montes y Manuel Amil durante la reunión con los propietarios del edificio Hotel Rogelia. (Foto: Martiño Pinal)
Una sentencia definitiva del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia responsabiliza al Concello de Carballiño, concretamente al alcalde, de la ejecución del derribo de seis áticos y 36 trasteros del edificio Hotel Rogelia. Entre viviendas y locales son 50 vecinos los que disponen de seis meses para desalojar el inmueble. El Concello deberá redactar el proyecto de derribo y presupuestar la ejecución en el plazo de un mes. Los propietarios iniciarán un proceso contra la institución local para reclamar indemnizaciones.
Los propietarios de las viviendas, locales comerciales y oficinas del edificio del antiguo Hotel Rogelia disponen de seis meses para desalojarlo a raíz de la última sentencia definitiva del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que ordena el derribo de los seis áticos y los trasteros, que se construyeron ilegalmente. Son en torno a 50 vecinos afectados, que sufren las consecuencias de un proyecto que no se ajustó a las normas subsidiarias de hace 20 años y a la concesión de una licencia municipal, que fue denunciada por propietarios de uno de los inmuebles colindantes.

Si los ocupantes del edificio son los perjudicados, sobre todo, los propietarios de los seis áticos que se quedarán sin vivienda, no lo es menos el Concello de Carballiño. Así lo manifestaban ayer el alcalde Carlos Montes y el concejal de Urbanismo, Manuel Amil, teniendo en cuenta que la sentencia requiere a la institución local a que proceda a desalojar a los vecinos y le concede un mes para redactar el proyecto de derribo y presupuestar la ejecución del mismo. El Alto Tribunal gallego también responsabiliza directamente al alcalde, que en caso de incumplimiento incurrirá en un delito de desobediencia, lo que conllevará la imposición de multas.

Además, el Concello deberá informar al TSXG cada mes de las actuaciones realizadas con vistas a ejecutar el derribo.

Montes y Amil calificaron ayer la situación de ‘más que grave’, después de mantener una reunión con los propietarios afectados. Ellos les transmitieron su preocupación, ya que la sentencia no especifica quién les resarcirá de las pérdidas, en el caso de los seis áticos y de los locales comerciales que deberán paralizar su actividad, ni tampoco del coste del desalojo. En ese sentido, es probable que emprendan acciones judiciales contra el Concello para reclamar indemnizaciones, mientras las autoridades planifican estrategias.

HISTORIA

Una licencia ilegal concedida hace 20 años

La promotora Fanjol SA, ya disuelta, recibía la licencia del Concello para construir el edificio en el año 1989. Un recurso de los vecinos colindantes obligó al Concello a paralizar las obras. La constructora presentaba posteriormente un proyecto de reforma, por cuyo motivo, la institución local volvió a dar su autorización, al mismo tiempo que no respondía a las alegaciones de los afectados, que recurrieron a un contencioso administrativo. Fue en 1994 cuando el Alto Tribunal gallego anulaba la licencia y obligaba a derribar la quinta planta y áticos. El Tribunal Supremo desestimaba seguidamente el recurso de casación del Concello, por cuyo motivo alegó ante el TSXG la inejecutabilidad del derribo de la quinta planta, lo que se estimó en parte, quedando fuera de la última sentencia.



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