TRIBUNALES

Absuelto de vender piedra sin el conocimiento de sus jefes

La sentencia considera probado que el inculpado vendió piedra desde el año 2008 pero no que lo hubiera hecho sin el consentimiento de la empresa

El Juzgado de lo Penal 2 absolvió a Celso P.R. de un delito de apropiación indebida del que lo acusaba el fiscal y la empresa para la que trabajó en calidad de encargado, una cantera de piedra situada en Dradelo (Viana do Bolo).

La sentencia considera probado que el inculpado vendió piedra desde el año 2008 a una serie de particulares pero no resultó acreditado, añade, que lo hubiera hecho sin el consentimiento de la empresa y sin haberle reintegrado las cantidades cobradas.

El juez cree que no hay prueba de cargo para contradecir la versión del empleado de la cantera. Este último reconocía haber vendido piedra a particulares pero con la autorización de la empresa, a la que, según dijo, se le reintegraba las cantidades cobradas.

"No hay ninguna prueba directa y objetiva que nos permita resolver el problema en uno u otro sentido", dice el juez. Los testigos confirmaron la versión del acusado en cuanto a que vendía piedra a particulares, pero desconocen si reintegraba las cantidades cobradas al empresario", el mismo que presentó la denuncia.

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