La Audiencia tiene en cuenta que el inculpado no buscaba ese resultado

Tres años de cárcel por dejar ciego a un hombre

La Audiencia ha condenado a Rubén Lage González (34 años) a un total de tres años de prisión por un delito de lesiones agravado, ya que el golpe que asestó a su víctima le hizo perder un ojo (del otro ya apenas veía). Además, deberá indemnizar al lesionado con 60.000 euros y pagar al Sergas 3.567 en concepto de atención médica. La acusación particular reclamaba siete años de cárcel y la fiscal, seis.
La sala considera que la víctima perdió la visión de su ojo izquierdo por el puñetazo que la asestó el inculpado tras una discusión cuando ambos se encontraron el 1 de diciembre de 2010 en el bar 'Perla 2', en la ciudad. Los magistrados tienen en cuenta a la hora de dictaminar las propias manifestaciones del acusado en el juicio, asumiendo que él propinó el primer golpe, tras un intercambio de palabras entre ambos. Pero también valora el testimonio del perjudicado, prueba de cargo consistente a tenor de 'su persistencia, verosimilitud y objetiva corroboración sin que por lo demás medie causa alguna de incredibilidad subjetiva que pudiera cuestionar su veracidad'.


NO HUBO DEFENSA

Es precisamente este testimonio, según razona la Audiencia, el que desvirtúa la alegación defensiva que planteó el condenado (actuar movido por un impulso de defensa). Recoge el fallo que el hecho de que el lesionado dedicara a la camarera expresiones poco afortunadas 'las mismas no movieron la voluntad agresiva del acusado que, según la empleada, ni siquiera puedo llegar a oír dado lo rápido en que se sucedieron los hechos'.

La sentencia también rechaza el temor a un arma blanca 'que no llegó a exhibirse en momento alguno por más que el perjudicado la porte habitualmente'.

Los magistrados creen que en este caso cabe hablar de un delito de lesiones de pérdida de sentido por imprudencia. De hecho, matizan que 'de un importante número de puñetazos impactados contra el rostro de un persona muy pocos acaban con el estallidos del globo ocular'.

Dentro del abanico de años de cárcel que contempla el delito, una vez descartada la intencionalidad de la pérdida del ojo, la sala opta por el máximo 'atendida la peligrosidad del acusado, que se pone de manifiesto en el hecho de no evitar la contienda, buscándola directamente, como en la propia gravedad del resultado acontecido'.

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