Queda visto para sentencia el juicio contra los acusados de robar al ex dueño de La Coruñesa

Los asaltantes del hostelero no dispararon a los policías

En primer término, los agentes que custodian a los cuatro acusados. (Foto: MIGUEL ÁNGEL)
La segunda sesión del juicio contra los cuatro acusados del asalto y la herida por bala del exdueño de la cafetería La Coruñesa dio voz a los técnicos de balística y a los médicos forenses.
En el caso de los primeros, su testimonio puede ser relevante para desestimar la concurrencia de un delito de atentado contra los agentes de Policía que acudieron al rescate de la víctima, Manuel Oliveira, aquel 12 de mayo de 2009, en un sexto piso de la calle Roi Páez. Santiago E.A. y Rubén O.S. mantenían maniatado en su vivienda al hostelero con la intención de robarle, cuando llegó la policía. Acusación pública y particular habían argumentado, apoyándose en el testimonio de algunos agentes, que Santiago E.A. había repelido la llegada de los policías asomándose a la puerta de la vivienda de la víctima en la que estaban parapetados y disparando su pistola, una vieja Astra 'defectuosa'. Los peritos de balística negaron que existiesen impactos de bala realizados de dentro de la vivienda hacia fuera. En cambio, sí los había de fuera hacia dentro, que se correspondían con los efectuados por uno de los agentes. Es más, no se encontró casquillo alguno de bala que no fuese la de la Policía. Santiago E.A., a la luz de las pruebas, sólo habría disparado la bala que entró por el costado de Manuel Oliveira. Esta circunstancia probaría, según la letrada de la defensa, que ni Santiago E.A. ni Rubén O.S. se resistieron a la orden de la Policía para rendirse, y menos que respondiesen a ella disparando contra sus efectivos.

Los médicos forenses, por otra parte, declararon que el disparo que Santiago E.A. realizó contra Manuel Oliveira 'no afectó a órganos vitales, pero si no hubiese mediado una intervención inmediata le habría causado la muerte'. El proyectil no pudo ser extraído y hoy continúa alojado en el cuerpo de la víctima. Precisamente el disparo motivó los mayores desencuentros en las conclusiones de las partes. Mientras para la fiscal, en términos penales, representa un intento de homicidio, para la acusación particular se traduce en una tentativa de asesinato, pues 'se produjo cuando la víctima estaba maniatada e indefensa, y denota alevosía'. La defensa lo redujo a un delito de lesiones.

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