Se repite porque un Guardia Civil dijo que el acusado le confesó el delito pero el TS anuló esa prueba y todo el juicio

La Audiencia se reserva tres días para repetir el juicio por un envenenamiento con estricnina en Maceda (Ourense)

La Audiencia provincial de Ourense acogerá los días 27, 28 y 29 de mayo la repetición de un juicio en el que el acusado es un vecino de Castro de Escuadro (Maceda) que presuntamente mató a un vecino con estricnina. Ya fue juzgado y condenado a 17 años de prisión, aunque fue excarcelado cuando el Tribunal Supremo anuló como prueba su confesión a un agente de la Guardia Civil, fundamental para el jurado popular que lo condenó en Ourense.
Antes del juicio, de finales de mayo, la Audiencia estudiará este martes las alegaciones presentadas por los posibles integrantes del Tribunal de Jurado o jurado popular que juzgará a José Antonio L.A., considerado culpable en el primer juicio al tener en cuenta, entre numerosos testimonios e informes periciales, la declaración de un agente policial que, de forma inesperada, afirmó que el acusado le confesó el crimen contra su vecino, pero sin asistencia letrada.

Los escritos del Ministerio Fiscal, acusación particular -a cargo de la viuda- y defensa serán los mismos que hace dos años, pues la sentencia del TS invalidó el juicio por incluir la prueba anulada, pero no la investigación previa ni las calificaciones de las partes.

'PROFUNDA ENEMISTAD'

En el escrito del fiscal del caso, Carlos Valenzuela, al que tuvo acceso Europa Press, se indica que el acusado mantenía una 'profunda enemistad' con su vecino Felisindo G.S., siendo ambos vecinos de Castro de Escuadro (Maceda) por desavenencias evidenciadas cuando trabajaban juntos en una explotación ganadera.

Según el fiscal, el acusado actuó 'movido por el odio y animadversión que sentía hacia su vecino aquel mes de noviembre de 2009' para ejecutar 'un plan preconcebido que provocase la muerte de Felisindo'.

Para ello, según el escrito, el acusado fue en coche hasta un prado cercano a la vivienda de su víctima, donde sabía que acudía algunos días para dar de comer y beber al ganado, y dejó al pie de una cancilla una bolsa de plástico que en su interior tenía una botella de vino tinto con estricnina, en cantidad suficiente para producir la muerte a cualquier persona que la tomase, además de una lata de atún en conserva, otra de calamares en aceite de girasol, una lata de cerveza y dos mandarinas.

Todo ello con el fin 'de despertar la curiosidad de Felisindo y tratar de que la atracción que pudiera sentir hacia los alimentos le impidiese sospechar que estuviesen manipulados', sigue el escrito.

Además de la bolsa, el acusado habría intentado simular que en aquel lugar se habían reunido cazadores para comer y para ello 'colocó al lado de la bolsa una botella vacía, papel aluminio, restos de cáscaras de naranja y un paquete de tabaco vacío para simular que todo quedó allí olvidado por los cazadores habituales en el paraje'.

El día 24 de noviembre, Felisindo González Santiago encontró la bolsa y los restos y la llevó para su casa, donde bebió de la botella, dijo que no le gustaba el sabor a vinagre que tenía y comenzó a encontrarse mal con molestias en el estómago, agarrotamiento de las piernas y parálisis de la musculatoria respiratoria 'lo que provocó su muerte'.

APARECIÓ EN LOS ANÁLISIS

La estricnina apareció, tras los pertinentes análisis, en la sangre de la víctima, en el vino de la botella y en los posos del vino.

En la vivienda del acusado aparecieron tres botes blancos rotulados de los que uno tenía estricnina en insecticida y otra botella en la cocina con la frase rotulada 'líquido para espantar las culebras', con restos de estricnina.

El fiscal califica el delito como asesinato con autoría del acusado y pide para él 17 años de prisión, prohibición de acercamiento a la viuda e hijos de su víctima a menos de 500 metros y durante 10 años y prohibición de comunicarse con ellos durante el mismo tiempo. También pide una indemnización de 116.244 euros para la esposa y 9.686 para los hijos.

La acusación ejercida por la viuda coincide casi totalmente con la petición del fiscal salvo en la indemnización para los hijos del fallecido, que es de 20.000 euros para cada uno.

ESTRICININA PARA EL JABALÍ

Por su parte, la defensa de José Antonio L.A. indica en su escrito que el acusado llevó la bolsa y provisiones al lugar donde fueron encontrados, para utilizar los líquidos envenenados para mojar el pan duro que había dejado en el lugar días antes, con el fin de que fueran comidos por el jabalí que en aquellos días causó numerosos daños en la zona, en la que su madre es propietaria de varias parcelas.

Según la defensa, el acusado dejó la bolsa porque se paró a recoger setas y la olvidó en un lugar indeterminado del monte 'y quiso la fatalidad que fuese recogida por el fallecido de forma voluntaria y sin intervención de ningún factor, para llevarla a su domicilio y consumir el contenido'.

La defensa acepta, en el caso de que se aprecie alguna responsabilidad penal, que se puede hablar de homicidio por imprudencia, pero nunca de asesinato, por lo que pide su absolución.

El juicio contará de nuevo con una treintena de testigos y alrededor de una decena de informes y declaraciones periciales, entre ellas de un médico psiquiatra que en la primera vista judicial, ahora anulada, explicó que el acusado no tenía la capacidad 'para elaborar toda la información necesaria para preconcebir el plan del que se le acusa', y lo definió como poseedor de una 'personalidad de cortocircuito' en el sentido de imprevisible y repentina en las reacciones.

El juicio incluirá de nuevo una inspección ocular del lugar donde ocurrieron los hechos.

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