EN LA CIUDAD

El Concello sigue examinando el privilegio fiscal de Correos

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photo_camera Zona exclusiva de aparcamiento para Correos en la rúa Parada Justel.

La entidad no paga impuestos como el IBI de sus oficinas o tasas por sus zonas de aparcamientos

El Concello de Ourense continúa examinando la situación fiscal de Correos, que disfruta del privilegio de no tributar por ninguna de las oficinas de las que dispone en la ciudad, así como de espacios exclusivos de aparcamientos para sus empleados sin abonar la tasa correspondiente por reservar la calzada, una información confirmada por el departamento de Gestión Tributaria del Concello.

Según explican fuentes municipales, la revisión todavía está pendiente de la realización de informes, al ser los cambios de padrones fiscales un proceso complejo, más si cabe en un caso como el de Correos, que se trataba hasta 2010 de una entidad estatal que prestaba un servicio público, por lo que estaba exenta de pagar impuestos en todos los municipios españoles.

Todo cambió a partir de ese año, al entrar en vigor la Ley 43/2010 del servicio postal universal, que comenzó el proceso de liberación del sector. Aunque el artículo 22.2 de esta norma señala que el operador designado por el Estado para la prestación del servicio quedará exento de los tributos que graven la actividad. Sin embargo, diversas sentencias, incluida una del Tribunal Supremo, dejan claro que Correos tiene la obligación de abonar los tributos y tasas municipales para no otorgarle una "ventaja anticompetitiva" frente al resto de entidades que realizan una función similar.

Los tributos sobre los que el Concello de Ourense puede actuar son el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y la tasa por reserva de espacio de calzada para sus zonas de aparcamiento.

Correos dispone en la ciudad de tres oficinas. La principal está en el corazón ourensano, en la avenida do Progreso. Es aquí donde tiene el edificio central y en una de sus calles adyacentes, Parada Justel, 30 metros exclusivos para estacionar tanto las típicas furgonetas amarillas para sus trabajadores, como turismos normales de la plantilla de la entidad. Las otras dos oficinas se encuentran situadas en Fernández Bordás y avenida de Marín, también con zonas exclusivas para aparcar.

Por lo que respecta al IBI, la ordenanza municipal deja claro que únicamente se practicarán exenciones a edificios públicos de seguridad ciudadana, penitenciarios o educativos, y los bienes de la Iglesia o de la Cruz Roja. Es el tributo más cuantioso para las arcas municipales, que ingresan más de 30 millones de euros cada año por él.

En relación a los vados y las zonas de aparcamiento, las obligaciones a las que debería hacer frente están recogidas en la ordenanza fiscal número 15, reguladora de las tasas por aprovechamiento especial o utilización privativa del dominio público local. En el caso del espacio ocupado por Correos en Parada Justel, se le aplica el epígrafe A.2. del artículo 6.5, que establece que por cada cinco metros lineales, deberá abonar 20,75 euros, al ser una calle de tercera categoría. 

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