La Audiencia impone 13 años de prisión a uno de los cuatro penados

Condenados por asaltar y disparar a un hostelero

Santiago Elecalde, de pie, junto a Rubén Óscar Sierra, Marta Cavalcanti y Juan José Cagigas. (Foto: MIGUEL ÁNGEL)
La Audiencia provincial falló con contundencia ante el caso del asalto al exdueño de la cafetería La Coruñesa el 12 de mayo de 2009. La sentencia considera probado que Marta Cavalcanti, por haber mantenido una relación en el pasado con la víctima, Manuel Oliveira, manejaba información sobre sus hábitos y negocios, así como su domicilio, que trasladó a los otros tres implicados en el asalto. Después de una reunión mantenida en Santoña, para perfilar el robo, se desplazaron a Ourense.
Santiago Elecalde se hizo con 'una pistola apta para funcionar y con su correspondiente munición', señala el fallo. Juan José Cagigas financió la estancia de los implicados en la ciudad y dispuso el vehículo con el que se ejecutaría el asalto. Entonces, llegó el 6 de mayo. Se alojaron en un hostal de la calle Irmáns Vilar. Durante varios días estudiaron el mejor modo de dar el golpe, llegando incluso Santiago Elecalde a visitar La Coruñesa como cliente. Marta Cavalcanti recuperó el contacto con Manuel Oliveira, para confirmar que seguía viviendo solo.

El día 12, a las 7.45 horas, el exdueño de La Coruñesa salía de su domicilio con el portal a oscuras, porque previamente Elecalde y Rubén Óscar Sierra habían inutilizado la iluminación, cuando se abalanzaron sobre él, con la cara cubierta, propinándole golpes en la cabeza. Lo ataron de pies y manos y lo introdujeron en su vivienda, diciéndole 'Manolito, sabemos que tienes mucho dinero'. Cuando éste afirmó que no tenía, Elecalde lo encañonó con su pistola. En ese momento, la víctima admitió que guardaba dinero en los bolsillos. Los ladrones extrajeron 935 euros de uno de ellos. Si hubiesen registrado el otro, habrían hallado 5.000 más. A los asaltantes eso le pareció un flaco botín. Cuando Oliveira insistió que eso era todo, Elecalde 'con ánimo de acabar con su vida, mientras se encontraba totalmente indefenso, le disparó en el pecho'.La herida no resultó letal. Sólo faltaban minutos para que llegase una patrulla de la Policía Nacional y frustrase el asalto.

En el caso del principal acusado, Santiago Elecalde, la Audiencia lo encuentra culpable de los delitos de asesinato en grado de tentativa, tenencia ilícita de armas, robo con violencia y uso de instrumento peligroso (agravado por reincidencia, uso de disfraz y abuso de superioridad, y atenuado por drogadicción). La pena impuesta asciende a 13 años y medio de prisión. Rubén Óscar Sierra, condenado por un intento de robo con violencia y uso de instrumento peligroso, es condenado a tres años y medio de prisión, concurriendo en su caso las mismas circunstancias agravantes y atenuantes que su compañero. Sobre los otros dos implicados en el asalto, Marta Cavalcanti y Juan José Cagigas, caen condenas de un año y nueve meses de cárcel por un delito de robo con violencia. La indemnización para Manuel Oliveira, asciende a 35.000 euros.

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