No obstante, cree ‘razonable pensar’ que las cantidades, derivadas de no declarar el IVA, fueron mayores

El juez absuelve a una firma de muebles al no acreditarse un fraude superior a 120.000 euros

Los representantes de la empresa ‘Las tres BBB’, dedicada a la fabricación y compraventa de muebles, han resultado absueltos de dos delitos contra la Hacienda Pública que les imputaba el Ministerio Fiscal. En su momento, Hacienda cifró en más de 325.000 euros la cantidad defraudada, producto de no declarar el IVA en algunas ventas. La sentencia no considera suficientemente acreditado que el fraude haya superado los 120.000 euros, que marcan la frontera entre la infracción administrativa y penal.
El Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense dictó sentencia absolutaria a favor de los representantes de la empresa de muebles ‘Las tres BBB’, a los que el Ministerio Fiscal imputaba dos delitos contra la Hacienda Pública. La sentencia valora que ‘no ha quedado acreditado con el rigor exigible a toda condena penal que la cuota defraudada’, en los ejercicios 1999 y 2000, ‘superase la cantidad de los 120.000 euros’. Esta es la cifra a partir de la cual se considera delito el fraude fiscal. Por debajo de esa cantidad, se está ante una falta administrativa.

La sentencia considera probado que en 1999 y 2000 la empresa, dedicada a la fabricación, instalación y compraventa de muebles, así como de electrodomésticoS y otro menaje, tenía varias líneas de negocio. Una de ellas consistente en la venta de muebles y electrodomésticos y su entrega a domicilio. Esta venta se hacía identificando al cliente a través de una ‘propuesta de pedido’, que una vez confirmado se transformaba en una ‘nota de entrega’. Sólo si el cliente la solicitaba, se le facilitaba una factura oficial.

Con motivo de una inspección de la Agencia Tributaria, se comprobó que existían operaciones comerciales, según consta en la sentencia, en las que la numeración que figuraba en la factura oficial no coincidía con las notas de entrega. Era inferior el número de las facturas al de las notas, ‘evidenciando así que existían ventas no facturadas oficialmente’. De modo ‘consciente y deliberado se eludía el pago del IVA correspondiente’, considera el juez.

Requerida por la Agencia Tributaria la presentación de las notas de entrega por parte de los acusados, ‘se alegó que se habían destruido, al igual que los soportes informáticos correspondientes’. Ello obligó a Hacienda a realizar una estimación indirecta, que fijó un fraude de 185.150 euros en el año 1999, y de 143.474 en el 2000. Según la sentencia, el sistema de cuantificación de las ventas no declaradas no permite determinar sin dudas la cuantía defraudada. ‘Aunque sería razonable pensar’, añade, que ‘la cantidad superase los 120.000 euros’, eso atacaría el principio ‘en caso de duda, a favor de reo’.

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