Viajaba con su mujer, pese a tenerlo prohibido, y un cuñado que falleció

Juzgado por el accidente en el que falleció su hija

Estado en el que quedó el vehículo tras el accidente en la A-52 (Foto: M. PINAL)
Diamantino Edgar Alvés Lopes de Sousa se sentó en el banquillo del Penal 2 con un doble duelo: el haber perdido en julio de 2010 en un accidente de tráfico a su hija de siete años y a un cuñado y, al mismo tiempo, tener que afrontar la acusación de haber provocado esas muertes por conducción con más alcohol del permitido y a una velocidad indebida.
Al tiempo, la fiscal también lo acusó de haber quebrantado una medida cautelar ya que el día en el que ocurrieron los hechos la familia venía de pasar el día en Portugal, aunque había una orden judicial que le impedía acercarse a su mujer, en relación a una denuncia por maltrato.

En la prueba que le practicó la Guardia Civil tras el accidente en la A-52, asu paso por San Cibrao, arrojó 0,56 miligramos de alcohol por litro de aire espirado (0,46 la segunda) superando los 0,15 permitidos como conductor novel que era. El acusado negó ayer que en el accidente influyese la ingesta de bebidas ya que, según dijo, sólo había tomado una vaso de vino a la comida y una cerveza con gaseosa sobre las cinco de la tarde (el accidente ocurrió a las 20,35 horas). Una versión refrendada por su esposa en su declaración como testigo.

El propio inculpado atribuyó el accidente a una distracción, mientras la Guardia Civil lo considera efecto de la influencia de bebidas alcohólicas, haciendo hincapié en la velocidad (más de 80 kilómetro por hora) y la violencia del siniestro: el coche dejó una huella de frenada de 66 metros y arrasó con 33 metros de la valla de seguridad entes de despeñarse por un desnivel de ocho metros.

En cuanto al incumplimiento de la orden de alejamiento con respecto a su esposa, Lopes de Sousa aseguró que ésta ese mismo día le había mostrado un papel (no aportado a los autos) conforme había retirado la denuncia, extremo que confirmó la mujer.

La fiscal reclamó una pena de cuatro años de prisión por dos delitos de homicidio imprudente y otro de lesiones, además de seis años de privación del permiso de conducir, también le añadió ocho meses más de cárcel por quebrantamiento de medida cautelar.

La defensa, por su parte, atribuyó el accidente a un despiste o posible somnolencia, echando por tierra que se trate de una imprudencia grave sino leve. Al mismo tiempo, planteó la atenuante de dilaciones indebidas y embriaguez, en caso de ser condenado, y destacó mucho el hecho de que en el propio devenir del accidente ya va implícita la sanción dado que perdió a su hija y a un cuñado.

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