Una ourensana a la que le exoneraron una deuda: “Recibía 20 llamadas al día porque debía 315.000 euros”

La exempresaria junto a su abogado, Arturo González Estévez.
photo_camera La exempresaria junto a su abogado, Arturo González Estévez.

La afectada, que no quiere revelar su identidad, acudió a ARL Abogados por recomendación de una conocida tras una mala experiencia con otro letrado

En un caso de exoneración inmediata resuelto este mismo verano, las deudas ascendían a 316.000 euros.  La solicitud de la EPI benefició  a una autónoma cuya pequeña empresa se dedicó a la instalación de calefacciones en los últimos 10 años. La afectada, que no quiere revelar su identidad, acudió a ARL Abogados por recomendación de una conocida tras una mala experiencia con otro letrado que “nos sacó 1.500 euros de donde no teníamos”. No tenía mucha esperanza pero apostó por un último intento.   

El letrado Arturo González, según destaca la afectada y su marido, consiguió que saliera del pozo con una sentencia absolutoria en dos cuestiones: la reclamación de los honorarios del anterior abogado y la solicitud de la exoneración del pasivo -concurso sin masa- tras la abultada deuda contraída desde la irrupción de la pandemia. 

La empresaria, que ahora trabaja por cuenta ajena, no solo se vio ahogada por los préstamos sino también por la ansiedad y la depresión derivada de las complicaciones económicas. “Tras el covid, cada vez fue más complicado hacer frente a los pagos; llegó un momento que era imposible; pedía nuevos préstamos para pagar las deudas hasta que ves que no puedes seguir adelante”, relata.  Los intereses, en algún caso, llegaron a ser del 27%. “Un hueco tapa a otro hueco hasta que se hace bola y dices: ‘no puedo más’”. Aunque el procedimiento concursal fue rápido,  por el camino quedaron noches sin dormir, nauseas y un teléfono que no paraba de sonar. “Tenía a los acreedores encima; llamaban 20 veces al día, de noche, sábado o domingos”, relata. 

Arturo González, el abogado que presentó la demanda para la exoneración total del pasivo insatisfecho, asegura que se acogieron al cambio de legislación operada en 2022 al permitir “un procedimiento más corto y más fácil sin no hay masa -patrimonio-”.  El asunto se judicializó ese año y a finales de julio de 2023 ya había sentencia firme en elMercantil. 

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