La tardanza en juzgar un caso rebaja una condena por drogas

La tardanza en juzgar un caso por un delito de tráfico de drogas, iniciado en el Juzgado de Instrucción 3 de Ourense en 2007, ha jugado a favor de la única imputada condenada por la Audiencia de Ourense.
La sentencia, notificada ayer, impone a María Lourdes Machado de Jesús dos años de cárcel (la fiscal reclamaba cinco) y multa de 2.500 euros mientras que absuelve al resto de compañeros del banquillo: su hermana María Fátima González Machado y a la pareja de la penada, Adolfo Antonio Lamelas. La sala recuerda que la instrucción del procedimiento, que tilda de 'sencilla', comenzó en 2007, por lo que 'no se justifica el retraso de más de cuatro años en su conclusión'.

La Audiencia cree que sólo cabe condenar a María Lourdes Machado en virtud de la incautación de 50,061 gramos y 480 euros realizada por la Policía el 29 de marzo de 2007. Para el tribunal, no quedó acreditado que la sustancia intervenida fuera adquirida por la penada a su hermana. En la vivienda de esta última y su novio, ya fallecido, había droga (38 gramos de heroína y 27 de cocaína) pero ya la instrucción el hombre aseguró que le pertenecía a él y que la había adquirido con otra persona con quien iba a repartirla. Según dice la sala no basta la convivencia para deducir la culpabilidad del cónyuge.

Los magistrados no creen que los 50 gramos de María Lourdes Machado fueran para autoconsumo porque 'no quedó acreditado a lo largo de las actuaciones la condición de toxicómana de dicha acusada'.

Te puede interesar