A un vecino de la ciudad que se gana la vida como repartidor, I.A.C., le está resultando algo complicado ejercer su profesión: tiene vetadas por orden judicial ciertas calles del barrio de O Couto e incluso se vio incurso en un proceso penal por supuestamente no respetar la prohibición decretada por la titular de Instrucción 3 en un procedimiento por violencia de género para preservar la seguridad de la víctima.
La magistrada del Penal 1 lo acaba de absolver porque considera que no hay pruebas para corroborar un delito de quebrantamiento de medida cautelar. La denunciante aseguraba que lo vio pasar con su furgoneta de reparto por la calle Francisco de Moure, próxima a su domicilio, dentro del área de exclusión de 300 metros fijada en la medida cautelar. La distancia incluso llegó a ser de 500 metros entre diciembre de 2021 y febrero de 2022, pero se redujo por ser Ourense una ciudad pequeña en la que le resultaba complicado trabajar como repartidor.
La perjudicada aseguraba que el 22 de marzo del pasado año, a las cuatro de la tarde, vio al inculpado y lo denunció al día siguiente. Según esa versión, pulsó un dispositivo de teleasistencia de Cruz Roja, pero no aportó pruebas de ello. “No logra entender esta juzgadora -recoge la sentencia- por qué razón la denunciante no se comunicó inmediatamente con el agente policial que tenía asignado para su protección desde que se dictó la medida de alejamiento, o por qué no se realizaron las oportunas averiguaciones para contrastar la activación del dispositivo” y así poder corroborar de modo pleno la versión ofrecida por la denunciante.