En 2009 se computaron 501 delitos y 99 faltas frente a las 414 infracciones penales y 60 faltas cometidas en el año 2008

La violencia doméstica y los robos se disparan entre los menores de edad

Dos adolescentes de la ciudad conversas en el camino a sus clases en el instituto. (Foto: XESÚS FARIÑAS)
Sigue sin freno la delincuencia juvenil. Lejos de aminorarse o suavizarse, se acelera. El efecto de computar todos los delitos y faltas, objeto tanto de procedimiento de diligencias preliminares como de expedientes, significó tanto como pasar de un total 414 delitos y 60 faltas en el año 2008, a registrar 501 delitos y 99 faltas en el año 2009, según la Fiscalía Superior de Galicia.
El incremento es del 18%. En parte también debido a que ahora se registran todas las fugas que se producen en los centros de protección y reforma protagonizados por menores sujetos a medidas judiciales, dando lugar a nuevas incoaciones de diligencias.
El repunte en la actividad punible se advierte muy especialmente en los delitos de violencia doméstica y de género, al pasar de 8 en el año 2008 a 38 en el siguiente. Cualitativamente, la subida sobresale también en los robos con violencia e intimidación, que si en 2008 fueron 5, al siguiente se elevaron a 14.

Fuentes de la Fiscalía Superior puntualizan que el incremento de la actividad delictiva en Ourense puede no ser tan elevada como reflejan los datos estadísticos. La subida se explicaría, en parte, por 'las mejoras introducidas en el sistema de registro de los delitos'. Ello, a pesar de que, por las características del sistema informático, todavía es imposible registrar delitos como la conducción de vehículos sin permiso, o hacer constar de modo diferenciado los delitos de violencia doméstica (ejercida sobre familiares) y los de violencia de género (ejercida sobre la pareja).
Desde julio de 2009 se adoptó el criterio impuesto por la Fiscalía General del Estado de incorporar al seno de las diligencias preliminares cualquier noticia criminis de la que hubiese constancia, sin perjuicio de acordar en el propio decreto de incoación de las diligencias preliminares su transformación en expediente de reforma, tan pronto el hecho adquiriese visos de trascendencia penal, e incrimine a uno o varios menores de edad. Como consecuencia de esta directriz, en el año 2009 se trabajó sobre 201 expedientes de reforma, de los cuales 149 se incoaron en ese año, mientras que los 52 restantes estaban pendientes de 2008. En este año, se habían incoado 180 expedientes.

La problemática de la delincuencia juvenil halló, no obstante, vías de solución alternativas a la jurisdiccional. En su conjunto, el número de soluciones que se alcanzaron al margen de la sentencia judicial fue de 61. Esto implica una disminución respecto a 2008, cuando los acuerdos extrajudiciales se elevaron a 89. ¿Cómo se explica la caída de soluciones extraprocesales? Fuentes del Ministerio Fiscal enfatizan que 'la causa está en el aumento de la actividad delictiva en donde concurre violencia e intimidación, como en los delitos de robo y de violencia doméstica y de género, que por su naturaleza hacen imposible la aplicación de las medidas extrajudiciales'.

Aumento de condenas con conformidad

El pasado año se celebraron 95 audiencias con menores. Atrás quedaban las 63 de 2008. El número de sentencias judiciales fue de 89, una cifra nuevamente superior a la del año anterior (63).
En relación al sentido de dichas sentencias, el pasado año se cerró con 15 sentencias absolutorias y 74 condenatorias, de las que 34 lo fueron tras alcanzar una conformidad. En este capítulo, llama la atención el aumento de las condenas por conformidad, que en el año 2008 sólo fueron cuatro.
La Fiscalía entiende que obedece a la 'escrupulosa' instrucción de los expedientes de reforma, ya que las acusaciones se acompañan del 'material probatorio' suficiente para 'destruir la presunción de inocencia'.

Experimentando con los límites del delito

Juan Basanta Dopico es uno de los psicólogos más reputados en el ámbito del menor, y actualmente desarrolla su actividad en la Fiscalía de Menores de Ourense. En su criterio, 'hay elementos inequívocos a la hora de entender la construcción del delincuencia juvenil'. Factores que, lejos de hallarse fuera del individuo, se construyen dentro de él. 'Hablamos de rasgos de la personalidad misma'. El primero sería la insensibilidad que son capaces de generar determinados jóvenes ante el dolor que provocan. Permanecen impasibles ante la víctima'. El narcisismo se configura como un segundo elemento capaz de amenazar el desarrollo del joven. 'Los menores con este rasgo actúan como si por encima de ellos sólo estuviesen ellos, se creen los mejores', sostiene Basanta. Todavía señala otro factor: la impulsividad. 'Si no hay cortapisas morales encuentran dificultades para contenerse frente a algo que les pueda gustar. No saben ni quieren demorar la gratificación'.
Estos tres rasgos, en su opinión, se pueden 'apreciar desde edades tempranas. Incluso desde la infancia'. Eso concede una oportunidad. 'Hay instrumentos y recursos científicos para intervenir tempranamente y prevenir la delincuencia'.
Ricardo Fandiño, psicólogo del Centro Terapéutico de reforma para menores de Montefiz, advierte que en la gestación de un joven violento 'tiende a haber una pérdida de vigencia de la autoridad del adulto'. Incluso la idea misma de la vida adulta es 'una fase a evitar. El adolescente quiere seguir siéndolo'. Irremediablemente acaba produciéndose una desorientación definida por 'la pérdida de límites'. Los desconocen, y por esa razón 'se incrementan las medidas judiciales contar ellos. Precisamente porque el único límite que encuentran es a veces la Justicia'.

Isabel Calle, doctora especialista en psicología clínica, considera que se 'ha incrementado la población que vive en un contexto familiar en el que no se enseña a decir no'. Por otra parte, 'cada vez participan más de juegos de alta agresividad. Por no decir que se ha incrementando el consumo de alcohol y drogas. Ello explica los incrementos de violencia'.

Julio Jiménez, delegado del Imelga, prefiere, en cambio, hablar de conductas, no de consumos. 'Hay una la falta de estímulos a largo plazo. Son gente que tiene de todo. Alcanzaron las metas y quieren experimentar con lo que les falta, y a veces eso son conductas extremas que rayan el delito'.

La ley contempla múltiples medidas correctoras

La Ley Orgánica 5/2000 regula la responsabilidad penal del menor, y se aplica para exigir la responsabilidad de las personas mayores de 14 años y menores de 18 por la comisión de hechos tipificados como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales. Cuando el autor de los hechos mencionados sea menor de 14 años, no se le exigirá responsabilidad con arreglo a la 5/2000, sino que se le aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil.

Entre las medidas susceptibles de ser impuestas a los menores por la autoridad judicial, se hallan el internamiento en régimen cerrado, semiabierto o abierto, el internamiento terapéutico, el tratamiento ambulatorio, la asistencia a un centro de día, la permanencia de fin de semana, la libertad vigilada, la convivencia con otra persona, la retirada del permiso de conducir ciclomotores, las prestaciones en beneficio de la comunidad, la realización de tareas socio-educativas o amonestaciones, entre otras.

Cuando el menor sólo ha cometido una falta o un delito leve, no se acostumbra a llegar a juicio. La alternativa que se plantea es la conciliación extrajudicial, en la que el infractor se disculpa ante la víctima y repara el daño causado.

Te puede interesar