Condenada a 9 años una prostituta que apuñaló a un cliente y quemó su casa

La Audiencia de Sevilla ha condenado a nueve años y dos meses de cárcel a una prostituta que golpeó a su cliente con una plancha, lo apuñaló diez veces y, cuando estaba inconsciente, lo colocó sobre la cama y quemó la casa con un bote de gasolina.

La sentencia de la Sección Primera, a la que ha tenido acceso Efe, explica que los hechos ocurrieron sobre las 23 horas del 27 de agosto de 2009 en Lebrija (Sevilla), donde la acusada M.S.M.P. mantuvo relaciones sexuales a cambio de 40 euros en la vivienda de su cliente M.G.T.

Tras ello, la acusada golpeó al menos una vez a su cliente con una plancha en la cabeza y con un cuchillo de cocina le propinó hasta diez puñaladas en el tórax, lo que lo dejó inconsciente.

Añade el fallo que a continuación la acusada trasladó el cuerpo del hombre al dormitorio, lo dejó sobre la cama y con ayuda de un bote de gasolina que cogió de un trasterillo prendió fuego a la vivienda, de la que el salón ardió en su totalidad y las llamas se extendieron a otras piezas y pusieron en riesgo las viviendas colindantes.

Antes de abandonar la vivienda, la mujer, de 35 años, se apoderó de dos sellos y un reloj de oro, otras joyas y un móvil, valorados todos ellos en 4.440 euros.

La mujer cerró la puerta y la cancela de entrada, arrojó las llaves a una alcantarilla y huyó, si bien fue detenida dos meses después, el 21 de octubre de 2009, y desde entonces cumple prisión preventiva.

La víctima fue rescatada a las 02:45 horas del 28 de agosto y sufrió una intoxicación por monóxido de carbono, además de una herida en la cabeza que le ha dejado una cicatriz de cinco centímetros y varias puñaladas en el tórax por las que estuvo seis días hospitalizado.

Durante el juicio, el fiscal elevó su petición total de condena a 30 años de cárcel al calificar la agresión como un intento de asesinato, pero los jueces no consideran demostrada la intención de matar de la acusada y le imponen un total de nueve años y dos meses: tres años y medio de prisión por un delito de lesiones, ocho meses por hurto y cinco años de cárcel por un delito de incendio con riesgo para las personas.

En todos los casos le aplican la atenuante de reparación del daño porque antes del juicio depositó 5.741 euros destinados a hacer frente a sus futuras responsabilidades económicas.

Por dicho concepto ha sido condenada a indemnizar a M.G.T. en 5.741 euros por las lesiones y secuelas, en 2.940 euros por los efectos sustraídos, y a la compañía de seguros en 15.262 euros, equivalente a lo que abonó al perjudicado por la factura de peritación de los daños.

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