Educación pagará 10 años a la profesora de religión despedida

El Juzgado de lo Social número 3 de Almería ha condenado al Ministerio de Educación a readmitir 'inmediatamente' a Resurrección Galera Navarro, la profesora de religión cuyo contrato no fue renovado en 2001 por decisión del Obispado de Almería tras casarse por lo civil con un divorciado, y a pagarle diez años de salario. La sentencia fue dictada después de que el pleno del Tribunal Constitucional reconociera recientemente el derecho de la profesora a no sufrir discriminación por sus circunstancias personales, así como a la libertad ideológica e intimidad personal y familiar.
En sus alegaciones, el Obispado de Almería había justificado su decisión de no renovar la relación contractual con la profesora porque su conducta estaba 'en contra de los postulados definitorios del credo religioso de la Iglesia Católica en relación con el matrimonio'.

La sentencia indica que la resolución afecta tanto al Obispado de Almería, como al Ministerio de Educación y la Consejería del ramo de la Junta de Andalucía, puesto que los tres 'participaban de alguna u otra manera en el desarrollo de la relación laboral de la demandante'. 'El obispado proponía, el ministerio contrataba y pagaba, y la actividad laboral se realiza en centros dependientes de la consejería', precisa al respecto. No obstante, señala que el ministerio es el que 'realmente actuaba como empresario' y por ello es este organismo al que se debe condenar a la readmisión de la profesora y al pago de los salarios desde la fecha de su despido, es decir, desde hace diez años.

Resurrección Galera se mostró 'muy satisfecha' con la sentencia, que calificó de 'un gran logro'.

Te puede interesar