Tráfico niega que el 'derecho al olvido' de las infracciones repercuta en el saldo del automovilista

Eliminar los antecedentes de multas no afecta a los puntos

Dos agentes de la Guardia Civil, durante un control de tráfico a un vehículo. (Foto: ARCHIVO)
La Dirección General de Tráfico (DGT) y la asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA) discreparon ayer, a raíz del caso de un conductor al que Tráfico borró de sus archivos a petición propia parte de sus antecedentes, sobre el tiempo que debe pasar para que la DGT reintegre los puntos perdidos por multas de tráfico.
La asociación aseguró ayer en un comunicado que los puntos perdidos deberían ser reintegrados al saldo del conductor tras tres años de ser firme la sanción, por prescripción de la infracción. Mientras, la DGT insistió en que la única forma de recuperar puntos es mediante un curso o transcurrido un periodo de tiempo (dos o tres años en función de la gravedad de la infracción) sin cometer una nueva infracción.

La asociación basa su interpretación en el artículo 93 de la Ley de Seguridad Vial, que establece que las anotaciones de infracciones deben cancelarse de oficio, 'a efectos de antecedentes, una vez transcurridos tres años desde su total cumplimiento o prescripción', y señala que, según este artículo, independientemente de que el conductor cometa otra infracción en esos tres años, los puntos perdidos por sanciones anteriores deberían ser reintegrados al saldo de su carné.

Sin embargo, fuentes de la DGT aseguraron ayer que esta interpretación no es correcta porque mezcla el 'derecho al olvido' que tienen los conductores respecto a su información personal y la gestión de sus puntos. Según Tráfico, a los tres años de ser una sanción firme, el conductor puede pedir que se borren sus antecedentes en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, pero esto no tiene ningún efecto en el saldo de puntos.

Así, Tráfico insiste en que la única forma de recuperar los puntos es o bien mediante un curso de recuperación o bien pasando dos años, en caso de infracciones graves, o tres años, para las infracciones muy graves, sin cometer ninguna otra infracción. Además, aseguraron que el programa informativo de la DGT gestiona este asunto de manera 'automática' de manera que si un conductor no es multado en los próximos dos o tres años tras haber perdido sus puntos, 'los recupera automáticamente'.

El cruce de declaraciones entre la DGT y el club de automovilistas surgió a raíz de la presentación del caso de un conductor al que la Tráfico accedió a borrar parte de sus antecedentes 'una vez transcurrido el plazo reglamentario -de tres años- desde su cumplimiento o prescripción'.


'MILES DE CASOS'

Según la asociación europea de automovilistas, después de borrar esos antecedentes, el hombre que había perdido su carné después de acumular cuatro multas con pérdida de puntos en 2008, 2009 y 2010, recuperó parte de su saldo de puntos. Sin embargo, fuentes de la DGT, que aseguraron no tener constancia de este caso en concreto, negaron que esto pueda ser posible porque el hecho de que se borren los antecedentes de los ficheros para cumplir con la Ley de Protección de Datos no afecta al saldo de puntos.

La asociación aseguró que hay 'miles' de casos de conductores como éste, a los que se les está 'privando injustamente de su derecho a conducir' porque Tráfico no ha 'limpiado de sus registros los antecedentes caducados, que seguían actuando negativamente en el cálculo del saldo de puntos'.

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