En caso de retraso, cancelación o sobreventa, el usuario "tiene derecho a determinadas compensaciones".
La Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) ha recordado hoy, con motivo de los desplazamientos de Semana Santa, los derechos de los pasajeros a la hora de subirse a un avión y lo que deben hacer si tienen algún problema.
En caso de retraso, cancelación o sobreventa, el usuario "tiene derecho a determinadas compensaciones" y a que la aerolínea le proporcione información y asistencia -que puede llegar a ser la estancia en un hotel-, ha informado CECU en un comunicado.
Por ello, ha recomendado guardar todos los tiques para reclamar, en el propio aeropuerto y por escrito, los gastos.
Incluso, si el perjuicio requiere una compensación superior a la contemplada en la normativa, se puede demandar en los juzgados.
Si hubiese una huelga que ha sido convocada con tiempo suficiente por los trabajadores y la aerolínea la toma como justificación para un retraso o cancelación, podría dar derecho a indemnización.
Para desperfectos en el equipaje facturado es "indispensable" reclamar en el propio aeropuerto, aunque existe un plazo de hasta siete días.
Y con el retraso en el equipaje, se dispone de un plazo de veintiún días.
Recuerda que si el vuelo es con destino a Bruselas y ha sido cancelado, no hay derecho a indemnización, pero sí a que los pasajeros reciban alguna alternativa, ya sea viajar en otras fechas o la devolución del importe del billete.
Apenas un dos por ciento de los pasajeros que tendrían derecho a recibir una indemnización por alguna incidencia con su vuelo, la reclaman, por lo que las aerolíneas ahorran 900 millones de euros.