Los profesores deben cambiar de ropa a los niños de Infantil

El Defensor del Pueblo considera que los colegios públicos están obligados a prestar atención higiénica a los alumnos de educación infantil si fuera necesario, como el cambio de ropa durante su estancia escolar. Esta institución, que dirige María Luisa Cava de Llano, responde así a la queja planteada por un padre, a quien el centro donde tenía escolarizado a su hijo solicitó que acudiese a efectuar un cambio de ropa al niño. Para la defensora, la atención higiénica de los alumnos de segundo ciclo de educación infantil (de 3 a 5 años) es responsabilidad del centro de escolarización.
Cava de Llano envió una recomendación a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad de Aragón, donde está el colegio aludido, para que aplique este criterio. La consejería aragonesa respaldó la actuación del colegio, ya que explicó que el profesorado de educación infantil y primaria no cuenta entre sus funciones la de atender a los alumnos en sus necesidades higiénicas y de cambio de vestuario.

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