El Tribunal Supremo ha fallado que la Administración General del Estado no tendrá que indemnizar a los hosteleros por el perjuicio económico que supuso para el sector el cierre obligatorio de estos locales debido a la pandemia del covid.
El alto tribunal se fundamenta en que las medidas adoptadas por la Administración del Estado para hacer frente al coronavirus, a pesar de haber sido declaradas parcialmente inconstitucionales, fueron "necesarias, adecuadas y proporcionadas a la gravedad de la situación".
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