Opinión

La financiación de las autonomías

La financiación de una comunidad autónoma es el resultado de las siguientes operaciones: la autonomía percibe los ingresos generados en la propia comunidad autónoma por los impuestos estatales cedidos (Patrimonio, Sucesiones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Tasas sobre Juego...). El Gobierno autonómico percibe además los ingresos tributarios correspondientes a la parte cedida de los impuestos del Estado (esto es, 50% del IRPF, 50% del IVA y 58% de los Impuestos Especiales).

 Ahora bien, para que todas las comunidades autónomas puedan financiar los servicios públicos básicos, cada autonomía debe aportar el 75% de la recaudación de los tributos señalados a una "bolsa común", el llamado Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales, para que entre todas las comunidades, se distribuya en proporción a su población. A todo ello, la ley 22/2009 añadió otros fondos: el de Suficiencia Global y los de Convergencia.

Las comunidades autónomas pueden modificar las tarifas del tramo autonómico del IRPF y los impuestos cedidos, lo que hace que puedan recaudar más o menos por esos tributos que lo que obtendrían si aplicaran la tarifa.

Para unos, las comunidades están infra-financiadas en beneficio del Estado central, y éste debería ceder más recursos. Otros lo niegan, y recuerdan que la caída de ingresos del sistema de financiación autonómica fue moderada, y se produjo además con cierto desfase.

Un sistema de financiación autonómica por tanto complejo y poco transparente que ha ido evolucionado a base de parches. Un sistema que provoca resultados injustos, y no favorece la responsabilidad fiscal de nuestras comunidades autónomas. Un sistema que está pidiendo a gritos y llantos, reformarlo a fondo cuanto antes.

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