Opinión

A vueltas con las "macrogranjas"

El sector porcino es la primera producción ganadera en cuanto a importancia económica de nuestro país, así como uno de los principales productores en el ámbito europeo y mundial. Así lo constatan las 3.000 grandes explotaciones intensivas de porcino existentes, dado que el término “macrogranja”, motivo de la polémica suscitada estos últimos días, no existe de manera oficial. Las granjas intensivas de ganado porcino se denominan “explotaciones” en el texto legal dada la necesaria adecuación de la terminología al marco vigente y en particular, al término definido al efecto en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal.

El Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecían normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas intensivas, ha sido uno de los referentes clave en los que se ha sustentado la evolución del sector productor en las dos últimas décadas, a través de aspectos como el desarrollo de condiciones estructurales, de ubicación, de funcionamiento, de identificación y registro, así como la incorporación de requisitos medioambientales específicos para la actividad. El sector debe contar con un marco de ordenación para construir una estrategia de desarrollo para los próximos años. Una estrategia que le permita posicionarse en los mercados mundiales, reducir los riesgos asociados a la internacionalización e integrar los retos sociales y medioambientales que demanda la sociedad. Estos objetivos se plasman en los principales aspectos desarrollados por el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, que deroga el anterior, y por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, modificando la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo. Recordemos que las disposiciones de este Real Decreto tienen el carácter de normativa básica estatal, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y la coordinación de la planificación general de la actividad económica. Por otra parte, combatir la resistencia antibiótica es una prioridad de la Unión Europea, que ha establecido una estrategia común frente a esta cuestión.

En noviembre del año 2011, el Parlamento Europeo publicó una resolución no legislativa por la que se estableció un Plan Director de Acción sobre Resistencias Antimicrobianas (2011-2016), que estimuló la puesta en marcha de planes nacionales de actuación. España aprobó en 2014 su primer Plan Nacional frente a la Resistencia a los Antibióticos (PRAN). En el PRAN recién concluido que abarcaba el período 2019-2021, hay que destacar que uno de sus principales pilares era la prevención de la necesidad del uso de antibióticos. Se ha aprobado el de 2022-2024 que versa de la situación del problema de la resistencia a los antibióticos en España tras la pandemia de covid-19. Esta prioridad se refleja en los considerandos del Reglamento 2016/429, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales, que destaca la función preventiva del marco legal y la consiguiente reducción que se espera se haga del uso de antibióticos en animales.

En el ámbito medioambiental, la producción porcina puede tener un significativo impacto, especialmente en relación con la adecuada gestión de los estiércoles -siendo los titulares de las granjas los primeros responsables- la producción de nitratos, las emisiones de amoniaco a la atmósfera y, en menor medida, por su potencial carácter emisor de gases de efecto invernadero. Por esta razón, se hace cada vez más necesario que la producción porcina incorpore los retos de un sector moderno y heterogéneo, acorde con las expectativas sociales, especialmente en dicha materia medioambiental. En particular España debe incorporar compromisos de reducción de amoniaco y otros gases contaminantes como partículas y compuestos orgánicos volátiles en virtud de la Directiva 2016/2284, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, y de acuerdo con el Real Decreto 818/2018, de 6 de julio, que transpone dicha Directiva, y el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica aprobado por el Consejo de Ministros el 27 de septiembre de 2019. Las medidas propuestas contribuyen además al cumplimiento de los objetivos climáticos de España recogidos en el Reglamento 2018/842 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 2018 sobre reducciones anuales vinculantes de las emisiones de gases de efecto invernadero por parte de los Estados miembros entre 2021 y 2030 que contribuyan a la acción por el clima, con objeto de cumplir los compromisos contraídos en el marco del Acuerdo de París.

La ganadería intensiva que ha multiplicado la producción de carne de cerdo en España ha supuesto el avance imparable del modelo de “macrogranjas” mientras el país incumplía sostenidamente la normativa europea sobre contaminación del aire y del agua proveniente de los desechos agroganaderos. La normativa obliga a las grandes explotaciones a reportar sus emisiones de metano en el Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes del Ministerio de Transición Ecológica, que sumaron 99 millones de kilos de metano liberados al aire en 2020.

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