Opinión

El contenido del estado social

El contenido del Estado social, como se sabe, es muy amplio. En estas líneas nos centraremos en los denominados derechos fundamentales sociales, que son aquellos derechos fundamentales de la persona que requieren de prestaciones específicas del Estado, de los Poderes públicos, para que los ciudadanos puedan disfrutar de una vida digna, de una vida propia de la condición humana.

En estos supuestos, al tratarse de derechos fundamentales en sentido estricto, de derechos fundamentales en el Estado social y democrático de Derecho, la protección jurídica dispensada debiera ser la propia y específica de los derechos fundamentales. Sin embargo, a causa de la categorización de estos derechos como Principios rectores de la política social y económica en nuestra Constitución, no se consideran ni exigibles salvo que estén previstos en una ley.

la protección jurídica dispensada debiera ser la propia y específica de los derechos fundamentales. Sin embargo [...] no se consideran ni exigibles salvo que estén previstos en una ley

En efecto, no son de aplicación directa e inmediata y su efectividad a pesar de la claridad de la letra del artículo 9.2 de nuestra Constitución, quedando condicionada su exigibilidad a que una ley previa así lo disponga, sin que se haya articulado ninguna solución para los supuestos de omisión legislativa.

El contenido del Estado social es difícil de describir de forma completa y total. Sin embargo, lo que sí es inherente al concepto, lo que sí está en la médula de la misma esencia del Derecho Administrativo, que es el interés general, es su vinculación sustancial a la realización objetiva de los derechos fundamentales de la persona. Esta es la clave hermenéutica para comprender la capitalidad del interés general como clave de bóveda del Derecho Administrativo del Estado social y democrático de Derecho. O si se quiere, para entender lo que con toda intención denomino Derecho Administrativo Social, usando una fórmula tautológica pero que hoy en día me parece que debe ser subrayada a tenor de los derroteros que han tomado algunas cuestiones vitales para la existencia humana.

La crisis del Estado de bienestar ha venido provocada por fiarlo todo al Estado

Es verdad que la crisis del Estado de bienestar ha venido provocada por fiarlo todo al Estado, por esperarlo todo del Estado en lugar de caer en la cuenta de que el mismo principio de participación, ínsito en la cláusula del Estado democrático, invita a un mayor diálogo entre el Estado y la Sociedad, de forma y manera que hábilmente integrados a través de alianzas estratégicas, puedan llegar más lejos que un Estado que se ocupe de todo, desde la cuna hasta la tumba.

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