Opinión

Derecho y Ética

Sin las ciencias sociales en este tiempo ofrecen muchos aspectos polémicos y desafiantes. Uno de ellos es, desde luego, la relación entre Derecho y Ética o, si se quiere, entre Derecho y Moral. Es un tema eterno del Derecho que sólo podemos abordar, por razones obvias, con una reducida extensión. Baste en este momento recordar que a lo largo de la historia del pensamiento se han propuesto muchas teorías a favor de la separación, sea en función de la relevancia social, o del criterio de la interioridad o exterioridad, del binomio subjetividad-objetividad. Sin embargo, Moral y Derecho son dos dimensiones de la existencia práctica del hombre, del ser humano, dos maneras, dice Ollero, de dar y captar el sentido de la realidad que le rodea y de la suya propia. No son, por el contrario, dos tipos de normas. Por lo pronto, la Moral orienta la conducta del hombre en función del sentido de la vida: por eso, toda acción humana acaba teniendo una dimensión moral y el Derecho, quiera o no, se verá obligado a intervenir con frecuencia precisamente en aquellos aspectos que más repercuten sobre el sentido de la vida humana y de la realidad social. Ahora bien, el Derecho no debe reducirse a una simple y mecánica aplicación de los criterios morales, sino que -el Derecho- aspira a lograr un ámbito de convivencia social, armonizando sus pretensiones individuales con las de los demás. Eso si, el Derecho se caracteriza por ese mínimo ético que asegura el carácter central de la dignidad del hombre y que hace posible una vida auténticamente humana.

Ciertamente, ni la solución autoritaria -predeterminar la condición humana e imponer ese mínimo ético- ni la permisiva- no puede haber ese mínimo ético porque podría forzar la conciencia individual- son atinadas. Quizás, una vía válida pueda ser útil: si toda delimitación de lo jurídico implica una opción moral, ésta ha de surgir del consenso intersubjetivo de los ciudadanos, pero no porque rechacemos la posibilidad de principios morales objetivos, sino porque descartamos su imposición autoritaria, como consecuencia de uno de ellos, del principal: la dignidad humana.

En efecto, la dignidad humana tiene tal calibre, no sólo filosófico o ético o jurídico, sino jurídico, que se yergue omnipotente, todopoderosa y soberana frente a cualquier intento o embate del poder cualquiera que sea su naturaleza.

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