Opinión

Sobre la técnica normativa

La técnica normativa es un arte, una ciencia para la que es necesario disponer la necesaria preparación de manera que, en efecto, el producto resultante sea plenamente congruente con los criterios rectores del Estado de Derecho, entre los que se encuentra, en España en el artículo 9.3 de la Constitución, el principio general del Derecho de seguridad jurídica.

La técnica normativa tiene como objeto material el establecimiento de las mejores reglas posibles para la mejor elaboración de las normas jurídicas de acuerdo con los postulados del Estado social y democrático de Derecho que define nuestra Constitución. Para ello, se codifican los criterios que mejor puedan velar por la armonía, la sistemática y el rigor en la confección de las normas, atendiendo a asuntos tan relevantes para la vida de una norma jurídica cómo pueden ser la estructura, el lenguaje y la división de los integrantes del sistema normativo.

Pues bien, la calidad de las normas, el lenguaje de las normas, la técnica normativa, en definitiva, lo que hoy pomposamente denominamos buena regulación, brilla por su ausencia entre nosotros desde hace tiempo, en parte debido a esa glorificación de la forma en que se envuelve el tan practicado hoy uso alternativo del Derecho, que no es más que el uso alternativo del poder, pues para esta corriente de pensamiento, poder y derecho se identifican. Las normas de excepción publicadas en el BOE de estos días de la pandemia son una buena prueba de ello.

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