Opinión

Indumentaria adecuada

Es obligatorio por norma oficial asistir a un acto público con una indumentaria adecuada? Pues no. ¿Es protocolariamente correcto no respetar las pautas sociales que rigen los actos sociales? No lo es pero, no obstante… ¿Es un signo de cortesía vestir adecuadamente cuando se participa en un evento público? Por supuesto que sí. ¿Y es de buen tono y cortesía acudir con ropa adecuada a un acto público donde se desarrolla una ceremonia ritual y donde quien acude es uno de los protagonistas? Obviamente, así es.

Estas cuestiones que planteamos son para aclarar cómo funcionan los códigos sociales en cuanto al uso de nuestra ropa en citas sociales. Evidentemente, al no ser de “obligado cumplimiento”, siempre quedan sometidas al socaire y criterio de quien debe vestirla.

Basta señalar que en actos solemnes, cuando se indica al invitado la etiqueta a respetar, se pone “Se ruega o se suplica etiqueta”, pero jamás se obliga o exige. Siempre se cuenta con que los invitados conozcan esos códigos que rigen las pautas de comportamientos sociales en cuanto a nuestra participación en los distintos eventos de la vida social.

Un reciente ejemplo han sido las imágenes de las ceremonias, que lo son, de toma de posesión de las nuevas corporaciones. Ha habido para todos los gustos, aunque precisamente, muchas veces, lo que se vio fue de poco gusto. Es obvio que el mero hecho de participar en el acto de toma de posesión -insistimos, una ceremonia- implica asumir esas normas básicas de buen tono en cuanto a la vestimenta y porque no es lo mismo que cuando uno se va de vinos.

Como dice nuestro DRAE, por ceremonia se entiende “acción o acto exterior arreglado, por ley, estatuto o costumbre” y en su locución adverbial “dicho de hacer algo: con todo el aparato y solemnidad que le corresponde”. Y aparato significa “pompa, ostentación” y solemnidad es cualidad de solemne: “celebrado o hecho públicamente con pompa o ceremonias extraordinarias” o “grave, majestuoso, imponente”.

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