La Audiencia de Madrid condena a 'Pitoño' a 15 años por saltar sobre Ussía 'sabiendo' que podía matarlo

- Considera a los otros dos porteros 'cómplices' del asesinato del joven, en contra del criterio de la Fiscalía, que los consideraba sólo 'cooperadores necesarios'
El asesino de Álvaro Ussía cumplirá 15 años de cárcel, y los otros dos porteros de la discoteca frente a la que murió el joven, cinco. Esta es la sentencia que les ha impuesto la Audiencia Provincial de Madrid, que considera probado que cuando Antonio S.S., 'Pitoño', saltó sobre el chico, sabía que podía matarlo. En la sentencia, el tribunal hace un resumen de lo que ocurrió esa noche, y sigue en líneas generales lo que declaró el jurado popular la semana pasada, aunque no considera probado que 'Pitoño' tuviera la intención de matar a Ussía y agrava de 'cooperadores necesarios' a 'cómplices' el delito que pedía la Fiscalía para los otros dos porteros.

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 15 años de prisión a Antonio S.S., alias 'Pitoño', como responsable del homicidio de Álvaro Ussía ocurrido el 15 de noviembre de 2008 a las puertas de la discoteca 'El balcón de Rosales'. El tribunal considera que 'Pitoño' no quería matar a Álvaro Ussía pero sabía que si saltaba sobre él, el chico podía morir. De esta forma, no acepta los argumentos de la defensa, que rechazó en el juicio que 'Pitoño' sabía que Ussía podía morir por los golpes que le daba.

Además, condena a los otros dos acusados David S. y David A. a cinco años de prisión cada uno por haber sido cómplices del delito, según la sentencia de la sección vigésimo tercera de la Audiencia madrileña, e inhabilita a los tres para 'todos los honores, empleos y cargos públicos'. De esta forma, tampoco acepta el tribunal los argumentos de la defensa de los otros dos acusados. Sus abogados rechazaban que fueran considerados cómplices, porque opinaban que su acción no fue determinante para la muerte del joven.

A la hora de explicar lo que pasó esa noche, los jueces siguen la línea de lo que el jurado popular consideró probado que había ocurrido. La Sala explica que el 15 de noviembre de 2008 Álvaro Ussía estaba con unos amigos en la discoteca 'El balcón de Rosales, en la que trabajaban como porteros 'Pitoño', David S. y David A. Mientras estaba en el interior de las instalaciones, Ussía tuvo un incidente con una chica, que no especifica, aunque los porteros alegaron que el joven la molestó. Entonces, fue expulsado por los porteros. Una vez fuera, protestó y les insultó.

Los porteros querían que se fuera del local, así que fueron a por él para alejarlo de la discoteca: 'Cuando Álvaro estaba en el tramo de las escaleras que suben la discoteca al Paseo de Pintor Rosales, Antonio, seguido por David y por David (los otros dos porteros) fue hasta el final y lo condujo por la fuerza hasta el final de las escaleras', apunta el tribunal.

'CON TODO EL PESO DE SU CUERPO'

Una vez allí, 'Pitoño' utilizó la fuerza, hasta el punto de que se lanzó sobre él, cayendo con todo el peso de su cuerpo. Así lo describe la sentencia: 'Antonio derribó a Álvaro con una zancadilla o barrido, cayendo al suelo de espaldas, donde quedó boca arriba'. En ese momento, llegó el golpe mortal, que supone la condena para 'Pitoño' porque el tribunal opina que sí sabía que de esa agresión podía derivarse su muerte: 'Antonio se tiró de rodillas sobre el pecho, impactándole con todo su peso, sabiendo que esta acción podía causar la muerte de Álvaro debido a la fuerza del impacto en una zona tan vital'.

La sala recuerda que 'Pitoño' se mantuvo encima de Álvaro 'mientras le seguía golpeando'. 'Se levantó después, tras dejar a Álvaro inconsciente y provocarle una rotura traumática del corazón por aplastamiento que le causó la muerte a las 7 horas de ese día en el Hospital Clínico San Carlos de Madrid, donde fue trasladado por el Samur', indica el texto. De esta forma, se aleja de lo que alegó la defensa del portero de la discoteca, que pedía investigar lo que ocurrió posteriormente para que Ussía muriera, y analizar además las pruebas que realizaron al joven desde que acudieron los servicios de socorro.

Seguidamente, la sentencia explica la culpabilidad de los otros dos porteros, y el tribunal también señala que mientras ocurría esto David S. y David A. se mantuvieron allí presentes 'asumiendo la acción de Antonio e impidiendo que los amigos de Álvaro y otras personas acudieran en su ayuda', por lo que 'favorecieron de este modo que Álvaro perdiera la vida'. Además, destaca que Antonio 'se aprovechó' conscientemente de su situación de superioridad sobre Ussía 'derivada de su mayor corpulencia física, el apoyo de otros porteros y la disminución de reflejos de Álvaro a causa del alcohol consumido'.

A pesar de las quejas de la defensa, y tras escuchar las explicaciones de los médicos que atendieron a Ussía en el lugar donde fue golpeado, el jurado popular no manifestó ninguna duda de que Ussía había muerto tras sufrir una rotura cardiaca provocada por aplastamiento. Asimismo, entendía que 'Pitoño' actuó de 'forma consciente', es decir, que pudo 'apreciar el peligro de su acción y de su potencial letal y ello no le hizo desistir de la misma, asumiendo el resultado de la muerte' del joven.

Y aún hacía más acusaciones a 'Pitoño': 'El Tribunal del Jurado ha considerado probado que Antonio S. ejecutó la acción homicida aprovechándose conscientemente de su situación de superioridad sobre Álvaro, derivada de su mayor corpulencia física, el apoyo de otros porteros y la disminución de reflejos de Álvaro a causa del alcohol consumidos', reza la sentencia.

Los jueces legos también entendieron que 'Pitoño' cometió el delito de homicidio 'aprovechándose del desequilibrio de fuerzas existente entre él como agresor en situación de superioridad y Álvaro Ussía como víctima en situación de inferioridad', y precisaron que el desequilibrio de fuerzas se explica por 'el estado de embriaguez de la víctima' del que era 'consciente' 'Pitoño' y también por 'una superioridad numérica sobre la víctima', ya que el principal acusado contaba con el apoyo de los otros dos imputados que estaban 'protegiendo su acción' frente a la posible ayuda que Álvaro pudiera recibir.

Al comentar esta situación, la Audiencia Provincial indica que 'sin duda, en esta situación, las posibilidades de la víctima de defenderse frente a la agresión estaban muy disminuidas'. Por su parte, David S. y David A han sido declarados cómplices porque su conducta 'favoreció' la ejecución del delito de homicidio cometido por 'Pitoño', aunque la Sala destaca que su contribución 'no ha sido tan decisiva como para ser considerada esencial o imprescindible para la producción del resultado delictivo'.

De hecho, el jurado dejó claro que ambos estaban junto al autor material en el momento de los hechos y recibieron los insultos de Álvaro. 'Siguen a Antonio cuando éste empuja a Álvaro escaleras arriba y cuando llegan allí, se sitúan junto al agresor cuando éste tira al suelo a la víctima de una zancadilla', señala la sentencia, que agrega que ambos impidieron que Álvaro recibiera ayuda.

Te puede interesar