PROCESOS JUDICIALES

Becerril pide que los menores accedan a abogados de oficio

Defiende que el niño debe tener el protagonismo "que su condición de sujeto del proceso y no de mero objeto del mismo, unida a su vulnerabilidad, reclaman"

La defensora del pueblo, Soledad Becerril, recomendó ayer que aquellos menores que, con independencia de sus progenitores o tutores, quieran hacer valer sus opiniones en procesos judiciales en los que se tratan cuestiones que les afecten puedan tener acceso a un abogado de oficio.

Es una de las 17 recomendaciones al Gobierno que hace la defensora en el estudio "La escucha y el interés del menor", presentado ayer, que analiza la participación y la escucha de este colectivo en cuestiones que le atañen durante los procesos judiciales.

La institución defiende que el niño debe tener el protagonismo "que su condición de sujeto del proceso y no de mero objeto del mismo, unida a su vulnerabilidad, reclaman", lo que supone que se deben lograr procesos "más adaptados, cercanos, amigables y atentos" a sus necesidades.

Becerril afirmó en la presentación que el informe responde a la preocupación de la institución por la protección de los niños y a analizar si España cumple lo establecido en la Convención sobre los Derechos de los Niños de la ONU.

El contenido del informe es fruto de cotejar los estándares internacionales en la materia y la legislación española, las quejas recibidas en la institución, así como las actuaciones de oficio abiertas con las entidades de protección de menores.

Así, Becerril propone la introducción del beneficio de la justicia gratuita a favor de los menores que quieran ser escuchados en "procesos en que se ventilen cuestiones que les afecten". Además, estima que el abogado de oficio ayudaría a suplir algunas de las carencias detectadas en la información que se da a los menores y aseguraría la comunicación del menor con el juez.

Por último, defiende el nombramiento para los procesos de familia de un defensor judicial cuando el fiscal y el menor discrepen "sobre lo que conviene a su superior interés" en tanto que se le comunique la decisión judicial en aquello que le afecte y reclama que se reconozcan a los menores nuevos derechos de participación, en línea de la Convención, en los procesos relativos a los asuntos que les atañen y "en particular, la posibilidad de ejercitar los derechos de las partes".

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