Condenado el Ayuntamiento de Verín a indemnizar a la CIG con 2.000 euros por ordenar retirar unas pancartas de protesta

La CIG advierte que denunciará la 'violación de derechos fundamentales' por parte del también senador ante la Cámara alta y el Parlamento gallego


El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Ourense ha estimado el recurso de la CIG contra el decreto firmado por el alcalde de Verín y senador, Juan Manuel Jiménez Morán, en el que ordenaba retirar una serie de pancartas colocadas en la localidad en defensa de los puestos de trabajo del Parador de Turismo de Monterrei, que ve 'nulo y no ajustado a Derecho' por vulnerar 'derechos fundamentales' del artículo 20 de la Constitución, relativo a la libertad de expresión.

En el fallo, el juez revoca y anula y el decreto, además de declarar la 'obligación' de la Administración demandada, el Ayuntamiento de Verín, de satisfacer a la CIG con 'una indemnización reparadora de los daños y perjuicios ocasionados', que se cifran en 2.000 euros. Las costas serán, además, según el auto, satisfechas por el Ayuntamiento de Verín.

El auto repasa el contenido de las pancartas retiradas, en las que se puede leer, acompañando a una foto del presidente del Gobierno y del alcalce de Verín: 'Para qué elegimos a estos dos!! Desaparición de los balnearios de Fontenova, Sousas, Cabreiroá, Caldeliñas y Vilaza. Falta de apoyo al comercio y hostelería local. Más de 3.000 desempleados/as. Y ahora, el Parador de Turismo de Monterrei'.

La sentencia esgrime que los mensajes de las pancartas son 'claros' y que se hace 'una crítica de la gestión realizada' por las personas referidas 'enumerando los perjuicios que la misma ha causado', a juicio de la CIG, al Ayuntamiento de Verín y que culminaría con la pérdida de puestos de trabajo en el parador.

Por tanto, se considera que el contenido de las pancartas se corresponde con 'una crítica razonada y razonable' a una labor de gobierno que el sindicato considera 'negativa' para el Ayuntmaiento de Verín y que tiene 'por objeto último' criticar la situación del parador.


'CENSURA INACEPTABLE' DE ALCALDÍA

El juez entiende, además, que resulta 'imposible apreciar' que la actuación realizada por el sindicato constituya un hecho imponible distinto del autorizado. Y es que recuerda que el Ayuntamiento de Verín 'autorizó la colocación de cuatro pancartas y liquidó las tasas correspondientes', por lo que no ve 'justificación alguna' para el informe emitido por la secretaria y el posterior decreto del Alcalde.

De hecho, en el apartado de fundamentos de derecho, el fallo señala que tal actitud responde 'a una finalidad de censura inaceptable por parte de la Alcaldía que, con una celeridad inusitada y obviando la autorización concedida días antes y concretada el día anterior (momento del pago de la tasa y de la colocación de los carteles) pretende restringir la libertad de expresión del sindicato, decidiendo y diciendo al mismo qué es lo que considera una defensa adecuada del derecho de los trabajadores y qué no lo es'.

En el polo opuesto, se indica que si el alcalde consideraba 'inapropiado o inadecuado' el contenido de las pancartas, lo que debió hacer es 'ejercer las acciones que la ley le concede para la protección del derecho al honor, pero nunca ordenar la retirada de los carteles de la forma que lo hizo'.

Entiende, en consecuencia, el juez, que el decreto para ordenar retirar los carteles constituye 'una vulneración flagrante del derecho a la libertad de expresión', si bien no considera conculcado el derecho de libertad sindical.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación en el término de los 15 días siguientes al de su notificación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.


EL PP DEBE 'TOMAR CARTAS' EN EL ASUNTO

Tras conocer el auto, la CIG ha recordado que es 'la tercera vez' que Jiménez Morán 'provoca la violación de un derecho fundamental recogido en la Constitución, que él, como senador, debería preservar'.

Ha aludido a otras dos sentencias de mayo y octubre de 2011, respectivamente, en las que se declaraba nulo un decreto suyo por prohibir al sindicato el uso de las megafonías para difundir la huelga general y también el presupuesto local de 2009 por 'violar, en este caso, el derecho a la negociación colectiva y libertad sindical' de la CIG'.

En este escenario, el sindicato entiende que 'la lógica democrática' impondría que, 'tras la tercera sentencia de condena' por violación de 'derechos fundamentales', el PP 'tomase cartas en el asunto y apartase de sus cargos a quien provoca este tipo de condenas'.

Sin embargo, como da por hecho que esto no sucederá y como Jiménez es senador por designación autonómica, ha anticipado que la CIG pondrá los hechos en conocimiento de la Presidencia del Senado, para ver si dicha institución 'reprueba' su actitud.

También informará al Parlamento de Galicia de las 'violaciones provocadas' por el alcalde y senador 'con el objeto -ha advertido la CIG- de que comprueben qué tipo de personajes representan a este país en el Senado'.

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