El vecino de Rioboo, que permanece en la prisión de Pereiro, será juzgado en febrero

El acusado de matar a una prostituta alega enajenación

Uno de los homicidios más mediáticos de los últimos años, el de la joven prostituta a quien mató un cliente en febrero de 2009 y después arrojó su cadáver al río Avia, ya tiene fecha de juicio, el 16 y 17 de febrero. La Audiencia así lo acaba de fijar tras la conclusión del sumario el pasado mes de octubre.
Mientras las acusaciones (pública y particular) pretenden una condena por asesinato y tenencia ilícita de armas, la defensa reclama la libre absolución del inculpado, Ramón Fernández Álvarez (50 años). El procesado reconoce que mató a la joven, María Socorro da Silva, pero no era consciente de lo que hacía ante la grave alteración psíquica (trastorno mental transitorio) que padecía. Ante esta disyuntiva, su letrado reclama la absolución sin perjuicio de su ingreso en un centro psiquiátrico.

¿Pero qué pudo llevar a Ramón a sufrir un arrebato de esas características? La línea argumental de la defensa se interpretará en clave pasional. Ramón Fernández contactó telefónicamente el 10 de febrero del pasado año con Kelly, el sobrenombre de la víctima en el mundo de la prostitución, para contratar sus servicios. No era la primera vez, ya que en dos ocasiones anteriores (desde el 15 de enero) había ido al piso que Kelly compartía en la ciudad con otra joven para mantener relaciones sexuales con ella. Entonces, había pagado 6o euros. El inculpado se quedó prendado de la chica, una brasileña de 26 años, no muy alta, pero de gran belleza.

Ahora bien, el 10 de febrero cambiaron de escenario para sus encuentros íntimos. Ramón, según consta en la instrucción, le ofreció irse a su casa de Rioboo (Cenlle), aprovechando que su esposa estaba trabajando. A cambio, si pasaba toda la tarde con él, le pagaría algo más, 150 euros. El problema surgió cuando, según su versión, la chica aprovechó la circunstancia y subió su cotización hasta los 400 euros. Ramón aseguró ante el juez que perdió los estribos cuando la joven lo amenazó con quedarse en el inmueble y aguardar a que llegase su esposa.


LAS DIFERENCIAS

Hasta aquí, las acusaciones no ponen objeciones, pero sí a continuación, cuando le sobrevino la muerte. El fiscal y el abogado de la familia de la víctima (quien tenía una hija de corta edad) sostienen que Ramón asesinó a la joven con una escopeta de caza. Entienden que cabe hablar de asesinato y no de homicidio porque el inculpado aseguró su propósito con un segundo tiro, el que la mató cuando ya estaba tendida en el suelo. Esto es, concurre, según dicen, la alevosía. La defensa, por contra, rechaza este argumento porque el segundo tiro mortal (impactó en la nuca) lo explica dentro del contexto de un forcejeo.

En la tercera y última parte del relato, apenas hay divergencias entre acusaciones y defensa. El homicida, ante el temor de que su familia descubriese el crimen, envolvió el cadáver con unos plásticos, lo introdujo en su vehículo y lo arrojó al río Avia a su paso por Pazos do Arenteiro.

El inculpado fue detenido el 26 de febrero después de protagonizar un intento de suicidio que alertó a las fuerzas de seguridad. Ramón Fernández cambió a lo largo del proceso varias veces de versión, llegando a inculpar de esta muerte a un vecino de Rioboo, que llegó a estar imputado en el caso. También intentó autolesionarse en la cárcel.

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