Asegura que las acusaciones no acreditaron 'especiales circunstancias' para sentenciar una mayor pena de cárcel

La juez impone 11 años de prisión para el homicida de la joven vianesa

Manuel Mouriño, durante la segunda sesión del juicio que tuvo lugar en la Audiencia (Foto: MIGUEL ÁNGEL)
La magistrada presidenta del tribunal del jurado que vio el caso del crimen de Viana, Ana del Carmen Blanco Arce, acordó imponer 11 años de prisión al único condenado por este caso, Manuel Mouriño Faria, quien dio muerte a la joven de 21 años Montserrat Martínez en abril de 2001.
El fallo fija la pena en su mitad inferior (el homicidio abarca de los 10 a los 15 años de cárcel) 'al no haberse acreditado por las acusaciones especiales circunstancias que motiven una exasperación punitiva'. Tanto el ministerio fiscal como el letrado de la acusación particular que representaba a los padres habían reclamado la máxima, 15 años.

La misma sentencia fija el pago de 132.000 euros a los padres y hermana en concepto de indemnización así como la prohibición de acudir a Viana durante 12 años.
La imposición de la pena se ajusta al veredicto previo del jurado popular que enjuició el caso y que negó credibilidad a la versión ofrecida por el acusado, un supuesto de homicidio imprudente. Y ello en base a las contradicciones entre las versiones ofrecidas durante la instrucción del caso y posteriormente durante el juicio en cuanto a la hora de llegada a casa y el encuentro con la chica en un pub. Otro elemento determinante para el jurado fue el informe médico forense que pone de manifiesto la incompatabilidad de la argumentación del imputado con las lesiones que presentaba la víctima. Determinaron que los cinco traumatismos no justificaban su versión de muerte accidental.

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