Inhabilitación de dos años para Horacio Gómez

Roberto de la Cruz, titular del Juzgado de lo Mercantil número uno de Pontevedra, condenó a Horacio Gómez, ex presidente del Celta, y a Alfredo Rodríguez, ex director general, a dos años de inhabilitación para administrar bienes ajenos -la condena mínima? al declarar 'culpable' el concurso de acreedores del club vigués y considerar a los citados como responsables de haber cometido 'una irregularidad en la contabilidad relevante para la comprensión de la situación patrimonial o financiera de la sociedad'.
La sentencia es en parte favorable a los ex dirigentes del Celta. No en vano, el juez establece la pena mínima porque considera en su escrito que no se ha 'acreditado que la actuación de los afectados por la calificación (Gómez y Rodríguez) haya sido en su particular interés o beneficio'.

Sin embargo, el magistrado sí considera que Gómez y Rodríguez cometieron irregularidades en la contabilidad del club y lo hicieron 'de forma inevitablemente consciente', según reza la sentencia. En la misma, el juez analiza que 'se ha prescindido de los principios y normas contables a conveniencia, se han consignado partidas no acreditadas y, en general, empleado técnicas todas ellas tendentes a mostrar una imagen de la sociedad más sólida de la real, lo que determina la declaración de culpabilidad'. Por otro lado, el juez decidió absolver al auditor José Manuel Patiño, citado como cómplice.

Tras conocer la sentencia, Gómez y Rodríguez anunciaron que recurrirán la condena, con la que están 'totalmente en desacuerdo', si bien se mostraron satisfechos porque 'se nos exime de ser los responsables de la entrada en concurso de acreedores del Celta'.

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