Las facturas son imprescindibles para la devolución

Los contribuyentes que quieran solicitar al fisco lo que han pagado por el 'céntimo sanitario' cuando han llenado el depósito de sus vehículos sólo podrán hacerlo de lo efectivamente ingresado entre marzo de 2010 y diciembre de 2012, dado que el resto de ejercicios fiscales ya están prescritos.


Desde el colectivo de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) se recordó ayer que exigir la devolución de lo pagado injustamente obliga a cada uno de los contribuyentes a aportar a la Agencia Tributaria todas las facturas de las diferentes gasolineras en las que hayan llenado el depósito de sus vehículos, con el desglose de los litros repostados y el detalle del impuesto devengado. Indican que será muy complicado para el ciudadano de a pie, que no sea una empresa dedicada al transporte, poder ir de gasolinera en gasolinera pidiendo facturas -un simple ticket no sirve porque no viene el desglose del impuesto pagado- de los últimos tres años y, a su vez, para las estaciones de servicio sería un trabajo burocrático inmenso.

Según advierten los técnicos de Hacienda, en el caso de que algún contribuyente se arme de paciencia y consiga que las gasolineras le entreguen las facturas de lo pagado indebidamente, bastará con dirigirse a cualquier oficina de la Agencia Tributaria de la comunidad en la que pagó el impuesto y solicitar la devolución de ingresos indebidos, tipificada en la normativa fiscal, y presentar todas las facturas que haya recopilado.

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