La justicia europea condena a España por aplicar el IVA reducido a equipos médicos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) condenó ayer a España por aplicar de forma ilegal un tipo reducido del IVA a los equipos médicos, a los aparatos para animales discapacitados y a las sustancias utilizadas en la fabricación de medicamentos. La sentencia da la razón al Ejecutivo comunitario, que denunció a España por considerar que estos productos no reúnen las condiciones necesarias para acogerse a un tipo reducido del IVA de acuerdo con la legislación comunitaria.
La directiva del IVA autoriza a los Estados miembros a aplicar un tipo reducido a los equipos médicos, a los aparatos y a demás instrumental 'utilizados normalmente para aliviar o tratar deficiencias' que sean 'para uso personal y exclusivo de minusválidos'.

Sin embargo, España aplica el IVA reducido a los equipos médicos y productos sanitarios en general (aparatos para medir la presión sanguínea, termómetros, agujas, guantes, máscaras, gorros y batas médicas) y a los aparatos para animales discapacitados, de manera que se sale del ámbito de lo permitido por el derecho de la UE, según el Tribunal de Justicia.

El Instituto para el Desarrollo de la Sanidad, que agrupa a las principales aseguradoras médicas y empresas de sanidad privada de España, aseguró que la subida del IVA de los productos sanitarios del 10 al 21% tendría 'consecuencias catastróficas' para el sector.

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